Page 81 - Teodoro Herzl El Estado Judio
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THEODOR HERZL
               El pueblo constituye el fundamento humano del Estado, el territo-
            rio, el fundamento material. Y el fundamento humano es el más im-
            portante de los dos. Existe, por ejemplo, una soberanía sin funda-
            mento material y hasta es la más respetada de la tierra, a saber: la
            soberanía del Papa.
               En las Ciencias Políticas rige, actualmente, la teoría de la necesi-
            dad fundada en la razón. Esta teoría es suficiente para justificar el ori-
            gen del Estado y no puede ser refutada históricamente como la teo-
            ría del contrato. Por lo que toca al surgimiento del Estado Judío, en
            este escrito me apoyo absolutamente en la teoría de la necesidad fun-
            dada en la razón. Pero esta teoría hace caso omiso de la razón del
            Estado. Las teorías de la creación divina del Estado, de la suprema-
            cía, del origen patriarcal, patrimonial del mismo y la del contrato no
            se adaptan al punto de vista moderno. La razón del Estado es busca-
            da, ora demasiado en el hombre (teorías de la supremacía del origen
            patriarcal y del contrato social), ora enteramente por encima del
            hombre (creación divina), ora entre los hombres (teoría del origen del
            Estado como resultado de la transmisión de los bienes patrimoniales).
            La teoría del Estado como consecuencia de una necesidad fundada
            en la razón cómoda, prudentemente deja de responder a la cuestión.
            Sin embargo, una cuestión de la que se han ocupado tanto los más
            grandes filósofos del derecho de todos los tiempos, no puede ser una
            cuestión ociosa. Realmente hay en el Estado una mezcla de elemen-
            tos humanos y sobrehumanos. Resulta imprescindible una razón de
            derecho para la relación, a veces opresiva, entre gobernados y go-
            bernantes. Creo que puede ser encontrada en la negotiorum gestio.
            Para lo cual hay que concebir el conjunto de los ciudadanos como
            Dominus negotiorum y al gobierno como gestor.
               Los romanos concibieron, gracias al sentido maravilloso del dere-
            cho, la negotiorum gestio, una preciosa obra maestra. Cuando pe-
            ligran los bienes de un hombre que no puede atenderlos, cualquiera
            puede acudir y salvarlos. Este es un gestor, el administrador de nego-
            cios ajenos. No tiene ninguna misión, es decir, ninguna misión hu-
            mana. La orden le es conferida por una necesidad superior. Para el
            Estado, esta necesidad superior puede ser formulada de diversas ma-
            neras y lo es en las distintas etapas de la cultura de acuerdo con la
            facultad conceptual de cada una de ellas. La gestio es instituida en


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