Page 15 - Reglamento Interno de Higiene y Seguridad ENAE
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REGLAMENTO INTERNO DE              FECHA        CODIGO

                                           HIGIENE Y SEGURIDAD               26/12/2017   O-70-AW-00-01
                 Formato Base: F-70-AQ-00-01
                 su personal y dependientes, manteniendo los registros necesarios para el sistema de control,
                 principalmente cuando se realicen trabajos de alto riesgo (Trabajos de corte, trabajos de suelda,
                 trabajos eléctricos, trabajos en altura)
                    7.  RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES EN ESPACIOS COMPARTIDOS
                 Art. 87.- Las empresas que tengan espacios compartidos con ENAE S.A. cumplirán los siguientes
                 estándares:

                     1.  Los  requerimientos  de  Seguridad,  Salud  Ocupacional  y  Medio  se  manejarán
                        independientemente acorde a las características de su organización.
                     2.  Realizaran  conjuntamente  actividades  en  beneficio  de  la  seguridad,  salud  y  medio
                        ambiente.
                     3.  Cada empresa es responsable de mantener los espacios adecuados, limpios, ordenados
                        bajo el programa de 5´s, para evitar incidentes, accidentes e impactos ambientales.
                     4.  Otros acuerdos a los que puedan llegar las empresas en espacios compartidos
                    8.  INCENTIVOS LABORALES
                 Art. 88.- La Empresa mantendrá programas de incentivos al personal, para  motivar y fomentar
                 el buen desempeño del mismo en materia de  Seguridad y Salud  en  el  Trabajo,  al  respecto,
                 se  aplicará  lo  establecido  en  los procedimientos internos de la empresa.
                 CAPÍTULO  II:  GESTIÓN  DE  SEGURIDAD  Y  SALUD  DE  ENAE  ENTERPRISE
                 NATIONAL&ALAMO DEL ECUADOR S.A.
                 Art. 89.-  ENAE S.A.,  implementará  los  elementos  del  sistema  de  gestión  de  seguridad  y
                 salud  del  trabajo  establecido  en  la  resolución  CD  957 Reglamento del Instrumento Andino
                 de Seguridad y Salud en el Trabajo,  Art.  1.  Siendo  estos  elementos:  Gestión  Administrativa;
                 Gestión Técnica; Gestión de talento Humano; Procesos Operativos Básicos.
                    1.  ORGANISMOS       PARITARIOS,      FUNCIONES      Y   CONFORMACIÓN        (CÓMITÉ,
                        SUBCOMITE Y/O DELEGADOS)
                 Art. 90.-  ENAE S.A.,  dando  cumplimiento  a lo que establece la normativa vigente conformará
                 los  organismos  paritarios  de  acuerdo  a  las  características  de  cada  localidad.  El  Organismo
                 paritario central se encontrará en donde funcione la matriz.
                 Art. 91.- Para la conformación de  los organismos paritarios se regirá a lo establecido en los
                 marcos legales de los organismos de control e internos, tanto para las designaciones, número de
                 miembros u otros de los representantes de los trabajadores y del empleador.
                 De las Sesiones y Acuerdos de los Organismos Paritarios de SST
                 Art. 92.-  El Organismo  Paritario Central  sesionará  ordinariamente  bimensualmente  y;  los
                 subcomités mensualmente. Sesionaran extraordinariamente cuando ocurriere  algún  accidente
                 o  a  criterio  del  Presidente  o  a  petición  de  la  mayoría  de  sus  miembros.  Estas  sesiones
                 deberán efectuarse durante las horas laborables, sin que sus miembros tengan opción a ninguna
                 retribución adicional.
                 Art.  93.-  Adoptar  por  simple  mayoría  todos  los  acuerdos  y  resoluciones  del  Comité  de
                 Seguridad  y  Salud  y,  en  caso  de  igualdad  de  las  votaciones  se  realizarán  nuevamente  la
                 votación,  se  repetirá  la  misma  hasta  por  dos  veces  más,  en  un  plazo  no  mayor  de  ocho
                 días. De existir el  empate se recurrirá a  la  dirimencia  del  Seguro  General  de  Riesgos  del
                 Trabajo  de  las  jurisdicciones  respectivas del IESS;
                 De las funciones del Comité y Subcomité de Seguridad y Salud de la Empresa
                 Art.  94.-  Promover  la  observancia  de  las  disposiciones  sobre  prevención  de   riesgos
                 profesionales en todas las áreas operativas y administrativas de la  empresa.
                 Art. 95.- Deberá analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad y Salud en  el Trabajo, a
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