Page 49 - Manual para las Zonas de Agro Biodiversidad
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Manual de Gestión para  las Zonas de Agrobiodiversidad en la Región Cusco




          programas integrados en función a los problemas nacionales. En este
          contexto ha establecido el Programa Nacional de Investigación en
          Diversidad Biológica (PRONIDIB),  organizado en cinco subprogramas:
          Inventario, monitoreo y valoración económica; Etnobiología; Biota
          promisoria; Microbiología aplicada; e Incubadora  de empresas de
          biota promisoria. Así también otorga financiamiento a  proyectos de
          investigación y desarrollo tecnológico por concurso anualmente.




           7. DIRECTRICES PARA LA DECLARACIÓN Y/O CREACIÓN
                                      DE ZABD


          El diseño y aplicación de las políticas públicas sobre diversidad biológica
          se rigen por el principio de gobernanza participativa, que conduce a la
          armonización  de las  políticas,  instituciones,  normas,  procedimientos,
          herramientas e información, de manera tal que sea posible la
          participación efectiva, descentralizada, integrada, informada y equitativa
          de los actores públicos y privados, lo que incluye de manera particular
          a los pueblos indígenas y poblaciones locales en la toma de decisiones,
          manejo de conflictos y construcción de consensos, sobre la base de
          responsabilidades claramente definidas, rendición de cuentas, seguridad
          jurídica y transparencia. En este documento, el concepto “participativo”
          considera la inclusión activa de todos los actores, especialmente de los
          pueblos indígenas y poblaciones locales, en todas las etapas de la gestión,
          desde la planificación hasta las acciones de implementación y la toma de
          decisiones sobre las políticas y normas relativas a la diversidad biológica .

          El artículo 38 del Decreto Supremo Nº 068-2001-PCM, Reglamento de la
          Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad
          Biológica. Manifiesta textualmente lo siguiente.
          Artículo 38. Las zonas de agrobiodiversidad orientadas a la conservación
          y  uso sostenible  de  especies  nativas  cultivadas  por  parte  de  pueblos
          indígenas no podrán destinarse para fines distintos a los de conservación
          de dichas especies y el mantenimiento de las culturas indígenas.
          Podrán destinarse a actividades turísticas orientadas a conocer y promover   49
          la agrobiodiversidad nativa, y las prácticas y costumbres tradicionales de













































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