Page 51 - Manual para las Zonas de Agro Biodiversidad
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Manual de Gestión para  las Zonas de Agrobiodiversidad en la Región Cusco




          En  la  actualidad  está  en  debate  el  reglamento  presentado  por  el  INIA,
          tanto en el Ministerio del Ambiente, como en el Ministerio de Agricultura.


          En vista de no existir un marco legal claro, con respecto a las Zonas
          de Agrobiodiversidad, debe realizarse toda iniciativa de acuerdo a la
          legislación vigente y al amparo de los derechos constitucionales que
          priman sobre cualquier otra norma.
          En el caso del gobierno Regional Cusco, se ha de “Declarar zonas de
          agrobiodiversidad” como prioridad regional para la conservación de los
          recurso fitogenéticos, manifestados a través de la agrobiodiversidad y el
          entorno cultural ligada a ella.

          7.1.  La participación comunitaria


          En primer lugar la participación comunitaria debe ejercerse por el uso
          del derecho, uno de estos derechos está en la Ley Nº 29785, Ley del
          Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios,
          Reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del
          Trabajo (OIT). El derecho a la consulta, es el derecho de los pueblos
          indígenas u originarios a ser consultados de forma previa sobre las
          medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus
          derechos colectivos, sobre su existencia física, identidad cultural,
          calidad de vida o desarrollo. También corresponde efectuar la
          consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo
          nacional y regional que afecten directamente estos derechos.


          La consulta a la que hace referencia la presente Ley es implementada
          de forma obligatoria solo por el Estado.
          La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o consentimiento
          entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a la
          medida legislativa o administrativa que les afecte directamente, a
          través de un dialogo intercultural que garantice su inclusión en los
          proceso de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas
          respetuosas de sus derechos colectivos.                                51















































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