Page 72 - Manual para las Zonas de Agro Biodiversidad
P. 72

Manual de Gestión para  las Zonas de Agrobiodiversidad en la Región Cusco




          El artículo 16 señala: son órganos de gobierno de la comunidad campesina:

          1.  La Asamblea General;
          2.  La Directiva Comunal; y
          3.  Los comités Especializados por actividad y anexo.

           La Asamblea general es el órgano supremo de la Comunidad. Sus
          directivos y representantes comunales son elegidos periódicamente
          mediante voto personal, igual, libre, secreto y obligatorio, de acuerdo a
          los procedimientos, requisitos y condiciones que establece el estatuto de
          la comunidad

          La directiva comunal es el órgano responsable del gobierno y
          administración de la Comunidad; está constituida por un presidente,
          vicepresidente y cuatro directivos como mínimo.

          En lo que respecta a las comunidades nativas ubicadas en la Amazonía, de
          cual la región Cusco está constituida por un 52 % aproximadamente en su
          territorio, se tiene el Decreto Ley Nº 22175 Ley de Comunidades Nativas y
          de Desarrollo Agrario de la Selva y de Ceja de Selva. Dado en 1978.

          Entre los principios de este Decreto Ley se rescata:

          Artículo 1º La presente Ley tiene como finalidad establecer una estructura
          agraria que contribuya al desarrollo integral de las regiones de Selva y Ceja
          de Selva, a fin de que su población alcance niveles de vida compatibles
          con la dignidad de la persona humana.

          Artículo 6º Declárese de interés público la conservación, protección,
          mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables
          de las regiones de Selva y de Ceja de Selva.

          Artículo 7º El estado reconoce la existencia legal y la personalidad jurídica
          de las Comunidades Nativas.


   72     Artículo 8º Las Comunidades Nativas tienen origen en los grupos tribales














































 P                   P                             P
   67   68   69   70   71   72   73   74   75   76   77