Page 74 - Manual para las Zonas de Agro Biodiversidad
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Manual de Gestión para las Zonas de Agrobiodiversidad en la Región Cusco
alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en
la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos,
biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se
convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un
territorio y de sus recursos naturales.
La presidencia del Consejo de Ministros, a través del Consejo nacional
del Ambiente CONAM (hoy Ministerio del Ambiente) en su condición
de Autoridad Ambiental Nacional, es el responsable de implementar
este proceso. Los sectores, los Gobiernos Regionales y Locales son las
entidades encargadas de la ejecución de la ZEE dentro de sus respectivas
jurisdicciones.
El DS Nº 087-2004-PCM aprueba el reglamento de Zonificación Ecológica
Económica ZEE, el cual consta de treinta (30) artículos, cuatro (4)
disposiciones complementarias y cuatro (4) disposiciones transitorias.
La conceptualización e implementación de las estrategias para la
conservación in situ de la agrobiodiversidad deben estar ligadas a los
procesos dinámicos y flexibles que han implementado e implementarán
las distintas regiones en su territorio. Solo así se puede asegurar que logren
efectivamente los objetivos de dicha conservación. Estos deben considerar
las necesidades de las poblaciones donde existe agrobiodiversidad, la
conservación de los ecosistemas, especies y genes que la componen, el
mantenimiento de los valores culturales, entre otros componentes (Ruiz
2006).
Uno de los productos de la implementación de la ZEE es la identificación
de Unidades Ecológico Económicas (UEE) que integran espacialmente las
variables físicas, biológicas, sociales, económicas y culturales en base a
una serie de criterios que harían posible arribar a una zonificación que
incluya una unidad en donde el valor principal o el uso de identificado sea
la conservación de la agrobiodiversidad (Ruiz 2006)
Estaríamos entonces en este caso ante una UEE que tiene por finalidad
74 la conservación de agrobiodiversidad en base a los criterios específicos
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