Page 88 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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Estas  disposiciones  de  naturaleza  revolucionaria,  como  toda  la  nueva  legislación  de
                  Hitler,  provocaron,  por  su  carácter  decisivo  e  inexorable,  una  viva  reacción  en  el
                  extranjero cuyas consecuencias no facilitan la política de la nueva Alemania.
                  Nos  hemos  referido  ya  a  la  influencia  judía  en  la  cultura  alemana  al  describir  la
                  situación general del Reich tal como se presentaba en el momento de la toma del poder
                  por los nacionalsocialistas; tan fuerte era esta influencia también en la política como en
                  la economía, en el mundo de las finanzas, en los cargos públicos y en las profesiones
                  liberales. Esta influencia no guardaba proporción alguna con el porcentaje de los judíos
                  en Alemania (aproximadamente el 1%). El número de diputados y funcionarios de los
                  partidos socialdemócratas y comunista dan una idea de esta situación. La presencia de
                  ministros semitas en el gobierno central y en los gobiernos de los Estados federados y
                  sobre  todo  en  los  servicios  administrativos  se  notaba  claramente  en  la  política.  La
                  administración  de  los grandes  centros financieros se  hallaban  total o  parcialmente en
                  manos  judías.  En  los  consejos  de  administración  de  los  Bancos  se  repetían  con
                  frecuencia los nombres de algunos banqueros israelitas. De los 16 miembros de la junta
                  directiva  de  la  Bolsa  de  Productos  de  Berlín,  12  eran  de  raza  semítica.  Al  judaísmo
                  pertenecían el 42% de los médicos privados, el 52% de los médicos de la Beneficencia
                  Pública,  el  48%  de  los  abogados  y  el  50%  de  los  notarios.  De  1.000  judíos  que
                  trabajaban en Prusia, 315 ocupaban puestos directivos en el Comercio frente al 37% no
                  judíos, o sea, en una proporción diez veces mayor.
                  Estos pocos números dan una idea de la infiltración judía en todas las ramas de la vida
                  alemana.
                  Es necesario advertir que la reacción alemana ha sido provocada por la aparición de los
                  llamados judíos orientales, que en los años de 1919 a 1925 inmigraron en gran número
                  de Polonia, Checoslovaquia y otros Estados orientales.
                  Según el punto 6 del programa del Partido nacionalsocialista, del 25 de febrero de 1920,
                  “todo cargo público, cualquiera que sea su clase, regional o municipal, debe ser ocupado
                  sólo por ciudadanos alemanes”.
                  Ciudadano alemán no puede ser, según el punto 4 del programa, más que el connacional
                  y connacional a su vez “sólo puede serlo el de sangre alemana, sin tomar en cuenta su
                  religión. Por lo tanto, ningún judío puede ser connacional”
                  Sobre  estos  principios  está  basado  todo  el  derecho  político  racial  del
                  nacionalsocialismo. La primera disposición está contenida en el 3 de la ley del 7 de abril
                  de  1933  “sobre  la  reorganización  de  los  funcionarios  públicos”,  según  la  cual  los
                  funcionarios de origen no ario deben ser jubilados. Este es el célebre párrafo de los arios
                  o de la abuela, como lo denomina la voz del pueblo, porque la comprobación del origen
                  ario se remota hasta los abuelos. Sin embargo existen excepciones para aquellos que ya
                  estaban empleados el 1º de agosto de 1914 y que fueron soldados del frente durante la
                  guerra  mundial,  o  cuyos  padres  o  hijos  murieron  en  dicha  guerra.  De  esta  misma
                  excepción también gozan las viudas de los soldados muertos en la guerra. La ley del 30
                  de junio de 1933 va más allá de esta ley provisional y prohibe el matrimonio entre una
                  mujer no aria y un funcionario, so pena de suspensión de su empleo.
                  Leyes y órdenes regularon el número de abogados, médicos, etc. (números clausus), y
                  ampliaron las cláusulas sobre la calidad de ario y sobre el matrimonio de funcionarios,
                  también a los individuos del Ejercito, redactores, escritores, artistas, músicos, que deben
                  pertenecer a la Cámara de Cultura .
                  La ley de la “anulación de la naturalización y pérdida de la nacionalidad alemana”, del
                  14 de julio de 1933, retira la nacionalidad alemana a aquellos emigrados al extranjero
                  que actúen  contra  el  Tercer Reich.  Por otra  ley  se  modifican  las prescripciones para
                  obtener la nacionalidad alemana.



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