Page 83 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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El ministro Dr. Frick, a cuya iniciativa se debe esta ley, explicó, en un discurso
pronunciado ante la Comisión asesora de peritos, que la juventud culta se dará cuenta
del valor de esta ley fundamental alemana para mantener la pureza de la raza y aspirar,
por acertada elección de consorte, a un desarrollo más perfecto de la propia familia y
raza. Según el Dr. Frick los matrimonios con razas heterogéneas son la causa de una
degeneración moral y psíquica y del distanciamiento del propio pueblo. Es necesario
cuidar de la familia y de la raza si se quiere que la prosperidad de la familia se estime
más que la riqueza y la comodidad. Los alemanes deben tener el valor de organizar a su
pueblo según los valores hereditarios para poner a disposición del Estado hombres
idóneos.
Tomando esto en consideración se han dictado medidas radicales necesarias para la
separación total de ambas razas.
La Higiene bajo el Régimen Nacionalsocialista
La política racial del Gobierno no se limita a impedir la mezcla de razas no afines, cuida
también del desarrollo sano de su juventud y de que las generaciones venideras sean
numerosas, tratando de evadir la destrucción de la fuerza nacional por taras hereditarias
y por el retroceso de la natalidad.
Según la opinión del Dr. Frick no se puede hablar de una nueva época y de una política
reconstructiva, racial y demográfica, hasta que el Estado se preocupe de los cuidados de
previsión de aquellos aun no nacidos; por este motivo, fue promulgada, el 18 de octubre
de 1935, la ley llamada “higiene del matrimonio”. Prohibe el matrimonio a quienes,
siendo enfermos, llevan en sí el germen del dolor y de la miseria en perjuicio de uno de
los consortes y de su descendencia. En lo sucesivo no podrá contraerse matrimonio sin
la presentación de un certificado prenupcial, extendido por la oficina de Higiene
competente.
Para reducir los gastos ocasionados por el cuidado de enfermos con taras hereditarias
incurables, por lo tanto antisociales, e impedir la propagación de las personas afectadas
por graves enfermedades hereditarias, se dio, el 14 de julio de 1935, la “ley sobre la
profilaxis de las enfermedades hereditarias” que establece la posibilidad de
esterilización por propia voluntad o a propuesta de un médico oficial, cuando se trata de
personas con taras hereditarias.
Esta ley encontró fuerte oposición en el mundo entero. Se temía un abuso de las
prescripciones legales, porque no se conocía el procedimiento, por el cual toda decisión
sobre la esterilización depende del fallo unánime de peritos médicos y jurídicos. Se
dudaba del derecho que tiene el Estado de intervenir profundamente en la vida del
individuo. Los nacionalsocialistas respondieron que la esterilización de la persona
atacada gravemente por una enfermedad hereditaria impide hacer revivir su triste suerte
en la de sus hijos. Se ha visto que la gran mayoría de las personas esterilizadas han
aprobado voluntariamente la ley y sus prescripciones.
En el Congreso internacional de Demografía, celebrado en agosto de 1935, el Dr. Frick
declaró que “la ley no pretende preservar de graves penas y sufrimientos solamente a la
generación actual sino también a las venideras y excede largamente el límite moral de la
finalidad del amor cristiano al prójimo sólo para la generación actual ...
Se nos ha hecho el reproche de que nosotros practicamos en culto especial de raza y que
por nuestras medidas eugenésicas lesionamos el mandamiento cristiano del amor al
prójimo. Si no ha sido osadía intervenir en el estado primitivo del orden de las cosas, de
modo que por los progresos de la Ciencia se haya logrado prolongar la vida a muchos
enfermos, lo cual habría sido imposible en las circunstancias primitivas, tampoco es
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