Page 493 - Temario para Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (P.P.E.R.)
P. 493
de facsímil y los mensajes tipo D (socorro) puedan recibirse de inmediato con aviso por alarma
acústica, aun cuando los mensajes de facsímil estén siendo recibidos por el receptor.
En los buques obligados a llevar un receptor de LIG de Inmarsat, el receptor podrá ir combinado con
un terminal de satélite de Inmarsat autorizado. No obstante, el equipo deberá ser capaz de recibir los
mensajes de seguridad marítima pese a que el terminal de Inmarsat al que está acoplado esté
realizando otros servicios.
Ambos receptores deberán estar siempre programados para recibir la información pertinente del
transmisor o de los transmisores de las zonas por las que el buque navegue. Los mensajes impresos
recibidos por ambos receptores se conservarán a bordo para su presentación a requerimiento de la
Administración marítima, durante un periodo mínimo de un año desde la finalización del rollo de
papel impreso.
El receptor LIG será obligatorio para todos los buques que realicen navegaciones de manera
permanente por zonas en las que no esté establecido el servicio NAVTEX.
Los receptores Navtex deberán ser aptos para recibir la información sobre seguridad marítima en la
frecuencia de 518 kHz.
Los equipos que se instalen a partir del 1 de junio de 2007 deberán ser aptos para recibir emisiones
sobre seguridad marítima en las frecuencias de 518 kHz. y 490 kHz.
Artículo 22 Radiobalizas de localización de siniestros
Las radiobalizas por satélite se regirán por las normas siguientes:
a) En los buques nacionales, la radiobaliza de localización de siniestros por satélite de Cospas-Sarsat
de 406 MHz, de activación automática, deberá estar instalada en la misma cubierta del puente de
navegación, fuera de él y cercana al mismo, cerca de la puerta de salida a los alerones y libre de
cualquier obstrucción de la superestructura del buque que impida su libre flotación en caso de
hundimiento.
La radiobaliza deberá situarse permanentemente en su soporte mientras el buque se encuentre en el
mar. Se recomienda no retirarla de su soporte aun cuando el buque se encuentre en puerto. En todo
caso, si por cualquier motivo se procede a su retirada, el capitán o la persona responsable del buque,
deberá colocarla en el mismo, en su posición de normal y en correcto funcionamiento, antes de que
el buque se haga a la mar.
b) No obstante lo dispuesto en los artículos 58.1.b) y 64.2 para determinados buques de recreo o
pesca, la radiobaliza por satélite de 406 MHz que se instale a bordo de los buques españoles deberá
ser del tipo de activación y liberación automática y también manual.
El sistema de liberación podrá ser un dispositivo hidrostático aprobado u otro sistema que pueda
considerarse válido a criterio de la Administración marítima. Además, esta radiobaliza deberá estar
provista de un localizador que emita en la frecuencia aeronáutica de emergencia de 121,5 MHz y
cumpla con las especificaciones en vigor para este tipo de equipos.
c) La radiobaliza debe poder ser liberada manualmente con facilidad para ser llevada a una
embarcación de supervivencia en caso de necesidad, por lo que nunca habrá de estar situada en
mástiles u otros lugares en los que sólo pueda alcanzarse mediante una escalera vertical. Las
radiobalizas de activación únicamente manual deberán encontrarse en un lugar bien visible y de fácil