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L A REPRE SE NTAC IÓ N D E LO S T RA BAJ A DO RES Y T RA BAJ A DO RAS E N L A E MPRE SA



                       Mayor representatividad a nivel de Comunidad Autónoma

                       A 31 de diciembre de 2013 son sindicatos más representativos a nivel de Comunidad
                       Autónoma los siguientes:
                       – En el País Vasco:
                         • ELA/STV que cuenta con 8.817 representantes en Euskadi.
                         • LAB, con 4.209 representantes en Euskadi.
                       Ambos  sindicatos  también  concurren  en  las  elecciones  sindicales  en  Navarra,  sin
                       embargo en dicha comunidad no alcanzan la consideración de más representativos, ya
                       que si bien ELA/STV supera el porcentaje exigido, el número total de representantes en
                       dicha comunidad no alcanza los 1.500. Y en cuanto a LAB no consigue ni el porcentaje
                       ni el número mínimo exigible.
                       – En Galicia: Converxencia Intersindical Galega (CIG), con 4.827 representantes.


                  6.3.  Representatividad  “simple”  en  un  ámbito  funcional  o  territorial  determinado

                  La representatividad “simple” se aplica a aquellos sindicatos que obtengan en un ámbi-
                  to funcional o territorial específico al menos el 10 por 100 de miembros elegidos en los
                  órganos de representación del personal en la empresa o ante la Administración pública.
                  Por esta vía alcanzan representatividad una serie de opciones sindicales que no están
                  federadas ni adheridas a alguno de los sindicatos más representativos a nivel estatal o
                  de  Comunidad  Autónoma,  como  determinados  sindicatos  “profesionales”  en  el  sector
                  público,  o  sindicatos  autodenominados  “independientes”  en  algunos  sectores  como  el
                  comercio, que practican una política de colaboración activa con la empresa.

                  6.4.  Funciones de la mayor y simple representatividad sindical
                  La representatividad sindical se expresa en el reconocimiento legal de importantes fa-
                  cultades de actuación que suponen un contenido adicional a la libertad sindical común
                  y  que  integra  las  facultades  de  acción  de  aquellos  sindicatos  que  han  adquirido  esta
                  cualidad. El artículo 6.3 enumera cuáles son éstas, dándose la circunstancia de que to-
                  dos los sindicatos representativos, con independencia de su nivel de representatividad,
                  comparten el grueso de los poderes que la ley enuncia, salvo dos prorrogativas (osten-
                  tar representación institucional ante las Administraciones públicas y obtener cesiones
                  temporales de uso de inmuebles pertenecientes al patrimonio sindical) que en  aplica-
                  ción de la LOLS se atribuyen en exclusiva a los sindicatos de mayor representatividad,
                  estatal o autonómica, pero cuyo disfrute únicamente por los mismos ha sido matizado
                  jurisprudencialmente.
                      Las  funciones  que  se  atribuyen  en  la  LOLS  a  la  representatividad  sindical  son  las
                  siguientes:
                     • Ostentar  representación  institucional  ante  las  Administraciones  públicas  u  otras
                      entidades u organismos de carácter estatal o de Comunidad Autónoma que la ten-
                      gan prevista.






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