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PRIVADA profesa una condición e identidad
institucional basada en un dogma cristiano
De otro lado, entiéndase que los grupos urbanos, subculturas,
modas y tribus Urbanas que entre sus acciones, sus conceptos o
“filosofías” promuevan cualquier atentado contra la integridad,
la vida, la moral y la dignidad, no serán aceptadas en nuestra
institución educativa, por cuanto, están en contravía de la
normativa jurídico-legal y además, NO constituyen una raza,
religión o etnia, y cuando su membrecía, atenta claramente
contra, la integridad de los alumnos o las alumnas, no tiene
cabida en nuestro ambiente escolar.
5. El o La estudiante tienen derecho a ser valorados, escuchados,
orientados y protegidos como personas. Brindando
cumplimiento al Artículo 26 y articulo 44 numerales 2, 4, 5, 6,
8, 9, de la ley 1098 de 2006, de Infancia y Adolescencia. Para
ayudar en ese proceso, el alumno o la alumna, recibirán
información ciudadana y Educación Sexual a través del
proyecto transversal de orientación sexual y adecuado para
promover, el respeto por la diversidad, y también el discurso
bidireccional de los derechos acompañados de los deberes.
Conexo a la ley 2025 de 2020. Brindando estricto cumplimiento
al Artículo 44 numeral 10 de ley 1098 de 2006, de Infancia y
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Adolescencia y Ley 1146 de 2007.
6. El o La estudiante tienen derecho en toda instancia, a
ampararse y exigir, el conducto Regular establecido por el
reglamento, para la solución de cualquier conflicto o dificultad
de orden académico, disciplinario o administrativo. Brindando
59 Ver, además, Artículos 7º; 19º; 33º; 40º; 43º; 92 numeral 11º; 180º; 181º de ley 1801 del 29 de Julio de 2016.
Inteligencias Múltiples