Page 73 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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Guía      “para la determinación clínica forense del estado de embriaguez aguda”
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                      –  La información del caso obtenida a       » En todos los  casos, el consentimiento
                         través de la anamnesis y la prove-      libre e informado para la realización del
                         niente del examen clínico.              examen clínico en general y para la toma
                                                                 de muestras biológicas en particular, por
                      –  El tiempo transcurrido entre la hora    parte del (de la) examinado(a) o su re-
                         de los hechos que se investigan         presentante legal (según el caso), debe
                         y la hora del examen; en términos       estar documentado previamente por es-
                         generales, después de 6-8 horas         crito.
                         debe evaluarse la utilidad de rea-
                         lizar examen médico y/o efectuar         » Si la persona por examinar es el imputa-
                         pruebas paraclínicas a criterio del     do, es indispensable la autorización pre-
                         (de la) médico(a) perito dentro del     via del juez de control de garantías para
                         contexto del caso especí  co, con       realizar el examen y/o toma de muestras;
                         base en la información sobre el         igualmente, en estos casos se requiere
                         caso con que cuenta el (la) peri-       siempre la presencia del defensor del im-
                         to y teniendo en cuenta el meta-        putado .
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                         bolismo del alcohol y de las otras
                         sustancias, así como las caracte-        » El procedimiento se debe realizar en un
                         rísticas clínicas de la embriaguez      área que garantice la privacidad del (de
                         aguda y su evolución en el tiempo.      la) examinado(a). Para la recolección de
                                                                 la muestra de orina, cuando se requiera,
                      –  Inconsistencias entre el relato del     se debe contar con un baño o área que
                         (de  la)  examinado(a)  y  los  hallaz-  permita respetar su dignidad y garantizar
                         gos del examen clínico.                 la cadena de custodia en el momento de
                                                                 la toma de la muestra. Al igual que en el
                      –  Un cuadro clínico inespecí  co, no      examen clínico, la conducta y actitud del
                         conclusivo, que permita  sospe-         (de la) médico(a) durante la toma de las
                         char embriaguez de origen etílico       muestras, deben estar sustentadas en el
                         o el consumo simultaneo de diver-       respeto a la dignidad de la persona hu-
                         sas sustancias.                         mana teniendo en cuenta el enfoque de
                                                                 género, de derechos y diferencial.
                      –  Tipo de hallazgos en el examen clí-
                         nico que sugieran una embriaguez         » En todos los casos, los procedimien-
                         de etiología diferente a la alcohóli-   tos de recolección y manejo de los ele-
                         ca.                                     mentos materiales probatorios de origen
                                                                 biológico para análisis de laboratorio se
                      –  Necesidad de aclarar un diagnós-        realizarán teniendo en cuenta  los pará-
                         tico diferencial con otras entidades    metros establecidos y la normatividad
                         patológicas.                            vigente  para  la  recolección,  almacena-
                                                                 miento, transporte, preservación y ca-
                      –   Antecedentes médicos, farmaco-         dena de custodia de evidencias , así
                                                                                                   149
                         lógicos y toxicológicos, que pue-
                         den di  cultar el diagnóstico de em-  148 Artículos 247 y 249 de la Ley 906 de 2004 (C.P.P.)
                         briaguez y/o su etiología.           149 Artículos 254 a 266 de la Ley 906 de 2004 (C.P.P.); “Manual de Procedi-
                                                                mientos del Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio”

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