Page 72 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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queda EN ESTUDIO. Igualmente, 7.4. ACTIVIDAD No. 4. - PRUEBAS PARACLÍNI-
registrar lo relativo a las muestras CAS COMPLEMENTARIAS
tomadas para estudio toxicológico
en el aparte correspondiente del in-
forme pericial. 7.4.1. Objetivos
» Posteriormente se podrá concluir, Determinar la alcoholemia por métodos in-
integrando además la información directos (alcohosensor), así como mediante
obtenida de los resultados de las el uso de pruebas de tamizaje –o pruebas
pruebas paraclínicas complementa- rápidas– para sustancias psicoactivas en
rias efectuadas, en el contexto del orina como prueba complementaria al exa-
caso especí co. En caso de determi- men médico forense efectuado cuando sea
nar que ha habido consumo combinado pertinente y/o recolectar elementos materia-
de sustancias, no es posible establecer les probatorios de origen biológico (sangre
grado de embriaguez y se de nirá que u orina) cuando se requieran para remitirlos
corresponde a una embriaguez mix- al laboratorio de toxicología forense con -
ta, sugiriendo el diagnóstico sindro- nes con rmatorios (por ejemplo, sangre para
mático. alcoholemia directa; orina y/o sangre para
determinación de otras sustancias), asegu-
» Si con base en el análisis de la in- rando su adecuado registro, manejo, pre-
formación y en los hallazgos del exa- servación y cadena de custodia.
men, se sospechó intoxicación por
alcohol metílico, una vez coordinada 7.4.2. Responsable
la atención de urgencias consignar
esta información en el aparte “Aná- Para los efectos de esta Guía, el (la) mis-
lisis, interpretación y conclusiones”. mo(a) perito médico(a) que realizó el examen
Igualmente, registrar en el aparte co- clínico de embriaguez es responsable de la
rrespondiente del informe si se tomó toma y manejo de los elementos materiales
o no muestra de sangre para análisis probatorios de origen biológico para la reco-
de alcoholes. lección de las pruebas paraclínicas comple-
mentarias.
» Finalmente, se podrá concluir el in-
forme pericial, integrando además 7.4.3. Condiciones
la información obtenida de los resul-
tados del laboratorio y de la historia » La pertinencia de las pruebas paraclíni-
clínica correspondiente, según el cas para determinar y cuanti car la alco-
caso. holemia u otras sustancias diferentes al
alcohol está sujeta a la información previa
del caso, a la obtenida en la anamnesis
y a los hallazgos del examen clínico; por
lo tanto, es el (la) médico(a) quien deter-
minará la necesidad de realizar o no tales
pruebas adicionales. Deben tenerse en
cuenta los siguientes criterios:
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