Page 14 - CONVENIO COLECTIVO
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EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE CÓRDOBA, S.A.
                                                      Convenio 2020-2024
                   superior a 2 años.

              1.2. Para poder optar a un concurso de traslado u oposición interno hay que tener contrato indefinido.
              1.3. Quienes cambien de puesto mediante un concurso de traslado, no pondrán optar a otro concurso
                   de traslado hasta que haya transcurrido dos años, de los planificados y hechos públicos previos
                   al proceso al que concurrió.
              Si cumplimentado el procedimiento anterior la vacante no llegara a cubrirse, se procederá a convocar
              Concurso-Oposición público.
              Para las vacantes que se produzcan en los grupos 5 y 6, la Dirección de la Empresa informará a la
              plantilla  de  las  mismas,  pudiendo  optar  a  estas  aquellas  personas  que  reuniendo  los requisitos  y
              teniendo  relación  indefinida  en  la  empresa,  así  lo  manifiesten  ante  la  Dirección,  presentando  su
              candidatura, currículum y documentación que acredite los méritos alegados en el mismo.


           2. En  los  procesos  de  cobertura  internos,  una  vez  celebrado  un  Concurso-Oposición,  las  listas  de
              clasificación de aspirantes que hayan sido aprobadas sin plaza por el Tribunal, podrán ser utilizadas
              por la Empresa, durante el período de dos años para cubrir nuevos puestos del mismo grupo y nivel,
              mediante orden riguroso de puntuación decreciente, según la clasificación realizada por el Tribunal.

           3. Las convocatorias deberán ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento de  Concursos de EMACSA
              descrito en la CLÁUSULA ADICIONAL 3 del presente Convenio.


           ARTÍCULO 26. - SUSTITUCIONES.
                  Todas aquellas sustituciones que sea necesario realizar por: vacaciones, permisos, enfermedad
           etc. y, en general, por la ejecución de trabajos urgentes en los que se prevea una corta duración no
           determinada, se realizarán, en primer lugar, con personal de plantilla suficientemente capacitado de los
           niveles  inferiores.  En  el  caso  de  que  lo  anterior  no  fuese  posible,  previa  acuerdo  con  el  Comité  de
           Empresa, la sustitución se realizará de acuerdo con el apartado 2) del artículo 22. -  Ingresos.



           ARTÍCULO 27. - PERIODO DE PRUEBA.
                  En los contratos de trabajo se establecerá un periodo de prueba de quince días laborables para
           las personas trabajadoras no cualificadas, un mes para las cualificadas sin función de mando, tres meses
           para las personas que tienen función de mando y seis meses para los puestos que requieren formación
           de TGM o Grado, TGS o Grado+Master y Subdirector.

           A los efectos de los derechos y obligaciones de ambas partes durante el período de prueba, se estará a
           lo dispuesto en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

           En los casos de promociones internas, los períodos de prueba se establecerán en las condiciones de las
           respectivas convocatorias, no siendo en ningún caso superiores a los indicados anteriormente.

           ARTÍCULO 28. - CESES.
                  El  personal  fijo  o  de  plantilla  que  desee  cesar  voluntariamente  vendrá  obligado  a  ponerlo  en
           conocimiento de la Empresa en un plazo de 30 días naturales para los Grupos Profesionales 4, 5 y 6 y 10
           días naturales para los Grupos Profesionales 1, 2 y 3. El incumplimiento de la obligación de preaviso con
           la referida antelación, dará derecho a la Empresa a descontar, de la liquidación, una cantidad equivalente
           al importe de su salario diario por cada día de retraso.

           Para el personal eventual, en relación con las condiciones de los ceses, se estará a lo dispuesto en los
           correspondientes contratos de trabajo.

           Todos los ceses se comunicarán en los plazos establecidos a través de la Subárea de RRHH, Prevención
           y Salud.



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