Page 19 - CONVENIO COLECTIVO
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EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE CÓRDOBA, S.A.
Convenio 2020-2024
El proceso para el ingreso de las gratificaciones extraordinarias, se hará conjuntamente con el de
la nómina mensual, en los meses en los que corresponda dicha percepción.
5. Recibos. A toda persona trabajadora, al hacerle entrega de las remuneraciones devengadas, se le
hará un documento justificativo e individual que consignará el importe total correspondiente al periodo
de tiempo a que se refiera, la especificación del sueldo-base correspondiente y en su caso a los
complementos y otras retribuciones especificados unitariamente, así como las deducciones que
legalmente procedan.
6. Ninguna persona trabajadora de EMACSA afectado por este convenio podrá pactar con la Empresa
pluses que no estén recogidos en el mismo, ni condición laboral o social distinta a la que se describe
en él, sin el conocimiento e información expresa del Comité de Empresa, excepto los ya pactados,
hasta su extinción.
ARTÍCULO 36. - SUELDO BASE MENSUAL.
El sueldo base mensual será el resultante de aplicar la tabla de coeficientes que se desarrolla a
continuación, fijándose el coeficiente 1 con el importe diario para el año 2022 de 45,7341 euros (cuarenta
y cinco con setenta y tres cuarenta y uno), a los 365 días (Trescientos sesenta y cinco días) del año y
será percibido por la totalidad del personal de la Empresa en doce mensualidades.
Dicho sueldo base para cada grupo, nivel y subnivel laboral servirá de base para el cálculo de los demás
conceptos salariales. Ir al Anexo 8 para ver la tabla de Puestos y coeficientes.
El personal con los puestos de Auxiliar Administrativo y Peón especialista, por cada año de antigüedad en
la empresa, se les irá incrementando el salario en ambos puestos hasta alcanzar los de Ayudante
Administrativo y Ayudante de Oficios respectivamente, conforme a la tabla de coeficientes y tiempo
definida a continuación:
Primer Segundo Tercer Cuarto Quinto Sexto
año año año año año año
1,00000 1,025078 1,050156 1,075234 1,100312 1,12539
Con el fin de que esta medida tenga el mínimo de afección sobre el Plan de Pensiones, hasta que este
colectivo no alcance una antigüedad de diez años, no consolidará este coeficiente a efectos de salario
pensionable.
La Empresa y la RLPT acuerdan resolver el problema organizativo de funciones en el área administrativa,
secretarias de todos los centros de trabajo, informática y distribución, donde por un lado el trabajo
administrativo es el equivalente al de una oficialía una vez adquirida la experiencia necesaria. Y el de
informática igualmente al ser puestos sustituidos de personas que desarrollaban labores de analista
programador y no de programador. Igualmente se implementan nuevos coeficientes para las personas
que son TGM y TGS que ostentan como función principal el mando directo sobre personas en la
organización. Los términos del acuerdo están recogidos en el acta de 1 de julio de 2021.
ARTÍCULO 37. - COMPLEMENTOS DE CONVENIO.
1. Participación en Beneficios. -
En concepto de participación en beneficios, cada persona empleada percibirá mensualmente, y en
doce mensualidades, un importe equivalente al 10 % del sueldo o jornal base, más los emolumentos por
antigüedad que disfrute en cada momento, según la fecha de su ingreso en la empresa, en la siguiente
forma:
1.1. El primer año de servicio en la EMACSA el 30%
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