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ni aquél menos. Llamábase rico el que tenía hijos y familia que le ayu-
daban a trabajar para acabar más aína el trabajo tributario que le cabía;
y el que no la tenía, aunque fuese rico de otras cosas, era pobre. La cuarta
ley era que a ninguno podía compeler a que trabajase ni se ocupase en otro
oficio sino en el suyo, si no era en el labrar de las tierras y en la milicia, que
en estas dos cosas eran todos comunes. La quinta ley era que cada uno pagaba
su tributo en aquello que en su provincia podía haber sin salir a la ajena a
buscar las cosas que en su tierra no había, porque le parecía al Inca mucho
agravio pedir al vasallo el fruto que su tierra no daba. La sexta ley mandaba
que a cada uno de los maestros y oficiales que trabajaban en servicio del
Inca o de sus curacas se les proveyese de todo lo que habían menester para
trabajar en sus oficios y artes; esto es, que al platero le diesen oro o plata
o cobre en que trabajase y al tejedor lana o algodón y al pintor colores, y
todas las demás cosas en cada oficio necesarias, de manera que el maestro no
pusiese más de su trabajo y el tiempo que estaba obligado a trabajar que
eran dos meses, y, cuando mucho, tres; los cuales cumplidos, no era obligado
a trabajar más. Empero, si en la obra que hada quedaba algo por acabar,
y él, por su gusto y voluntad, quería trabajar más y acabarlo, se lo recibían
en descuento del tributo del año venidero, y así lo ponían por memoria en
sus nudos y .cuentas. La séptima ley mandaba que a todos los maestros y
oficiales, de cualquiera oficio y arte que trabajaban, en lugar de tributo se
les proveyese todo lo necesario de comida y vestido y regalos y medicinas,
si enfermasen; Q_ara él solo, si trabajaba solo, y para sus hijos y mujeres, si
los llevaba para que le ayudasen a acabar más aína su tarea. Y en estos re-
partimientos de las obras por tarea, no tenían cuenta con el tiempo, sino
que se acabase la obra. De manera que, si con el ayuda de los suyos acababa
en una semana lo que había de trabajar en dos meses, cumplía y largamente
satisfacía con la obligación de aquel año, de suerte que no podían apremiar-
le con otro tributo alguno. Esta razón bastará para responder y contradecir
a los que dicen que antiguamente pagaban tributo los hijos y las hijas y las
madres, cualesquiera que fuesen; lo cual es falso, porque todos éstos tra-
bajaban, no por obligación de tributo que se les impusiese, sino por ayudar
a sus padres y maridos o a sus amos, porque si el varón no quería ocupar a
los suyos en su obra y trabajo, sino trabajarlo él sólo, quedaban libres sus
hijos y mujer para ocuparse en las cosas de su casa, y no podían los jueces
y decuriones forzarlos a cosa alguna más de que no estuviesen ociosos en
sus haciendas. Por esta causa, en tiempo de los Incas eran estimados y te-
nidos por hombres ricos los que tenían muchos hijos y familia; porque los
que no los tenían, muchos de ellos enfermaban por el largo tiempo que se
ocupaban en el trabajo hasta cumplir con su tributo. Para remedio de esto
también había ley que los ricos de familia, y los demás que hubiesen aca-
bado sus partes, les ayudasen un día o dos, lo cual era muy agradable a
todos los indios".
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