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oficiales. Los mineros y fundidores de los metales y los demás muustros
que andaban ocupados en aquel oficio no pagaban otro tributo sino el de su
trabajo y ocupación. Las herramientas y los instrumentos y el comer y vestir
y cualquiera otra cosa que hubiese menester, se les proveía largamente de la
hacienda del Rey o del señor de vasallos, si andaban en su servido. Eran
obligados a trabajar dos meses, y no más, y con ellos cumplían su tributo;
el demás tiempo del año lo gastaban en lo que bien les estaba. No trabaja-
ban todos los indios de la provincia en este ministerio, sino los que lo tenían
por oficio particular y sabían el arte, que eran llamados metaleros. Del cobre
que ellos llaman anta, se servían en lugar de hierro, del cual hacían los hie-
rros para las armas, los cuchillos para cortar y los pocos instrumentos que
tenían para la carpintería, los alfileres grandes que las mujeres tenían para
prender sus ropas, los espejos en que se miraban, las azadillas con que es-
cardaban sus sementeras y los martillos para los plateros; por lo cual esti-
maban mucho este metal, porque para todos era de más provecho que no
la plata ni el oro y así sacaban más cantidad de él que de estos otros.
"La sal que se hacía, así de las fuentes salobres como del agua mari-
na, y el pescado de los ríos, arroyos y lagos, y el fruto de los árboles nacidos
de suyo, el algodón y el cáñamo, mandaba el Inca que fuese común para
todos los naturales de la provincia donde había aquellas cosas, y que nadie
en particular las aplicase para sí, sino que todos cogiesen lo que hubiesen
menester, y no más. Permitía que cada uno en sus tierras plantase los árboles
frutales que quisiese y gozase de ellos a su voluntad.
"Las tierras de pan y las que no eran de pan, sino de otros frutos y
legumbres que los indios sembraban, repartía el Inca en tres partes: la pri-
mera para el Sol y sus templos, sacerdotes y ministros; la segunda para el
patrimonio real, de cuyos frutos sustentaban a los gobernadores y ministros
regios, que andaban fuera de sus patrias, de donde también se sacaba su
parte para los pósitos comunes; la otra tercera parte para los naturales de
la provincia y moradores de cada pueblo. Daban a cada vecino su parte, la
cual bastaba a sustentar su casa. Este repartimiento hacía el Inca en todas
las provincias de su Imperio, para que en ningún tiempo pidiesen a los
indios tributo alguno de sus bimes y hacienda, ni ellos fuesen obligados a
darlo a nadie, ni a sus caciques ni a los pósitos comunes de sus pueblos ni a
los gobernadores del Rey ni al mismo Rey ni a los templos ni a los sacer-
dotes, ni aun para los sacrificios que hacían al Sol; ni nadie pudiese apre-
miarles a que lo pagasen, porque ya estaba hecho el repartimiento para cada
cosa. Los frutos que sobraban de la parte que al Rey le cabia se aplicaban
a los pósitos comunes de cada pueblo. Los que sobraban de las tierras del
Sol también se aplicaban a los pobres, que eran los inútiles, cojos y mancos,
ciegos y tullidos y otros semejantes. Y esto era después de haber cumplido
muy largamente con los sacrificios que hacían, que eran muchos, y con el
sustento de los sacerdotes y ministros de los templos, que eran innumerables".
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