Page 69 - LOS PROTOCOLOS DE LOS SABIOS DE SION
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PROTOCOLO XXI.
Los empréstitos interiores.- .El pasivo y los impuestos.- Las conversiones.-
Cajas de ahorro y la renta.- Impresión de la Bolsa de valores públicos.- Tasación de
valores industriales.
Agregaremos a lo que tratamos en la reunión precedente una explicación
detallada de los empréstitos interiores. Sobre el empréstito interior nada nos queda
por decir, sino que ellos llenaron nuestras arcas con el dinero de las naciones
cristianas; pero para nuestro gobierno ya no habrá ningún extranjero, supuesto que
todo el mundo será nuestro dominio, y por lo tanto, nada habrá que sea extraño a
nuestro gobierno.
La corrupción de los administradores y la desidia de los gobernantes las
hemos aprovechado para recibir sumas dobles, triples y aun mayores, prestando a
los gobiernos Gentiles más de lo que sus Estados necesitan. ¿Quién podría decir
cosa igual respecto de nosotros? Por esto voy a exponer detalladamente el punto
relativo a los empréstitos interiores.
Cuando se lanza un empréstito, los Estados abren una suscripción para la
compra de sus obligaciones o bonos. Para que estas obligaciones estén al alcance
de todas las fortunas, se emiten cupones de 100 a 1.000 monedas; al mismo tiempo
se hace una rebaja a los primeros suscriptores. Al día siguiente hay un alza de precio
artificial, motivada, según dicen, por el exceso de demanda de los bonos, pues todo
el mundo se echa a buscarlos. Pocos días después se corre la voz de que las cajas del
tesoro están atestadas de dinero y no se sabe ya dónde guardarlo (¿por qué, pues,
seguir tomándolo?). La suscripción excede muchas veces la emisión del empréstito:
¡tan grande es la confianza que hay en las letras de cambio del gobierno! Pero
cuando la comedia ha terminado, nos encontramos delante de un pasivo que acaba
de contraerse, pasivo demasiado gravoso.
Para el pago de los intereses es necesario recurrir a nuevos empréstitos que
no absorben sino que aumentan la deuda principal. Una vez agotado el crédito, se
necesita recurrir a nuevos impuestos, y éstos sirven no para cubrir el empréstito, es
decir la deuda contraída, sino sólo para pagar los intereses del mismo. Resultando
que estos impuestos son un pasivo empleado en cubrir el pasivo anterior...
Viene después el tiempo de las conversiones que disminuyen solamente el
pago de (o mejor dicho el monto) los intereses, pero sin amortizar la deuda,
conversiones que, además, no pueden hacerse sin el consentimiento de los que
cubrieron el empréstito, o sea los prestamistas. Al anunciarse una conversión, se
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