Page 123 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 123
Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
Sorprendentemente la Ley no obliga al operador a extender un seguro de
navegantes, lo que quiere decir que los tripulantes no tienen seguro obli-
gatorio. La Ley considera que el tripulante es un trabajador y si tiene un ac-
cidente este tiene carácter laboral por lo que estaría incluido en el seguro
de la patronal. No obstante, casi todas las compañías han pactado en sus
convenios algún tipo de seguro de vida a sus tripulantes.
2.3 Periodos almacenamiento y conservación de la do-
cumentación por el Operador
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
9
El Operador deberá conservar la siguiente documentación a disposición
de las autoridades, durante los tiempos anotados en las siguientes tablas:
Tabla 1
Documentación para preparación y ejecución de los vuelos
Plan operativo de vuelo 3 meses
Registro técnico del avión 36 meses a partir de la última
anotación, de conformidad
con la parte M M.A, 306 c
Documentación de información NOTAMS
(AIS) específica de la ruta si fue editada por 3 meses
el operador
Documentación de masa y centrado 3 meses
Notificación de carga especial que incluya
información escrita para el Comandante sobre 3 meses
mercancías peligrosas
Diario de a bordo o registro equivalente 3 meses
Informes de incidencias de vuelo o aconteci-
mientos que el Comandante considere que 3 meses
hay que registrar o comunicar
Tabla 2
Informes
Diario de a bordo 3 meses
Informes de incidencias e incidentes escritos 3 meses
por el Comandante
Informes de excesos en los periodos de traba- 3 meses
jo y descanso
9. ORO.MLR.115
Pág. 2.14