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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
3.7.3 Atribuciones del Comandante
El Comandante de aeronave posee legalmente una serie de atribucio-
nes que hacen de él el eje de la toma de decisiones para el desarrollo
de la operación de vuelo. De sus decisiones depende que la legali-
dad, la seguridad, la regularidad, la eficiencia y la economía del vuelo
transcurran por los cauces necesarios.
(1) El Reglamento 965/2012, CAT.GEN.MPA, 105, establece que el
Comandante:
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
(i) Tendrá autoridad para dar todas las órdenes y emprender
las acciones que considere necesarias para garantizar la se-
guridad de la aeronave y de las personas o bienes transpor-
tados en él, (lo mismo en el Reglamento (CE) nº 216/2008);
(ii) Tendrá autoridad para hacer desembarcar a cualquier perso-
na o parte de la carga que pueda representar un riesgo po-
tencial para la seguridad de la aeronave o de sus ocupantes;
(iii) Tendrá derecho a negarse a transportar pasajeros que no
hayan sido admitidos en un país, deportados o personas
bajo custodia, si su transporte incrementa el riesgo para la
seguridad de la aeronave o de sus ocupantes;
(iv) Decidirá si acepta o rechaza una aeronave con elementos
que no funcionen, aunque ello esté permitido por la lista de
desviación de configuración (CDL) o la lista de equipo míni-
mo (MEL);
(2) El Reglamento (CE) 216/2008 dice que:
(i) Siempre que el piloto al mando lo considere necesario en
interés de la seguridad, y cuando lo requiera el tipo de aero-
nave, durante el despegue y el aterrizaje, cada miembro de
la tripulación permanecerá sentado en su puesto y utilizará
los sistemas de sujeción existentes, teniendo en cuenta el
tipo de aeronave.
(ii) El piloto al mando tendrá autoridad para impartir todas las
órdenes y llevar a cabo todas las acciones apropiadas a
efectos de garantizar la seguridad de la operación, de la ae-
ronave y de las personas o de los bienes transportados.
(3) El Reglamento de la Circulación Aérea establece las siguientes
atribuciones:
(i) El Comandante tendrá autoridad decisiva en todo lo relacio-
nado con la aeronave, mientras esté al mando de la misma,
y será responsable de su tripulación, de los viajeros y equi-
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