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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
                    de despegue o el próximo punto de aterrizaje previstos se
                    hallen en un Estado distinto del de matrícula o vuele poste-
                    riormente en el espacio aéreo de un estado distinto del de
                    matrícula con el infractor a bordo.
              NOTA: La legislación española (artículo 4º, 1 del Código Civil) esta-
              blece que “Procederá la aplicación analógica de las normas cuan-
              do éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro
              semejante entre los que se aprecie identidad de razón.” Es por ello
              que considero que en los vuelos nacionales, se podrían aplicar es-
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
              tos principios aplicando la analogía.
          3.7.4   Responsabilidades del Comandante

            El Comandante  será responsable ante la Autoridad y, en su caso,
            ante la Compañía, de cualquier infracción de las normas que cometa,
            pudiendo ser expedientado tanto por la Autoridad, como por la compa-
            ñía donde ejerza sus funciones, como por el Colegio de Pilotos.
            De acuerdo con la LNA, el Comandante, es el responsable (es decir,
            tiene a su cargo la dirección y vigilancia y por tanto, responderá) de
            la aeronave, de la tripulación, de los equipajes, de la mercancía y del
            correo, en todo momento, desde que se haga cargo de los mismos con
            el propósito de iniciar un vuelo, hasta su entrega a la Autoridad o a un
            representante de su Compañía al finalizar el mismo. Por tanto, es el
            responsable de la seguridad de la operación de la aeronave y de la se-
            guridad de sus ocupantes durante el tiempo que permanezcan a bordo;
          El concepto que la Ley recoge, no aclara cada una de estas responsabi-
          lidades, por lo que conviene delimitarlas en el tiempo:
             (1) Responsabilidad sobre la tripulación.  El Comandante es respon-
                sable de la tripulación mientras dura la unidad funcional (ver cap.
                3.3). Como mando de la Compañía, representa al Operador ante
                la tripulación durante toda la serie de servicios programados, hasta
                volver a la base al final de la misma
             (2) Responsabilidad sobre la aeronave. El Comandante se hace car-
                go de la misma, y comienza su responsabilidad cuando, por sí o por
                delegación a algún miembro de la tripulación de vuelo, acepta la que
                le ha sido asignada   para el vuelo dando el visto bueno al parte de
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                mantenimiento. Desde entonces es responsable de lo que ocurra a
                bordo. Deja de tener responsabilidad sobre la misma cuando, por sí
                o por delegación, la entrega al personal de la Compañía (Manteni-
                miento, handling, etc). Si no hay personal de la Compañía se entre-

          6. Cuando ha sido situada en rampa y programada para un servicio
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