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4. La tripulación
                    de transporte aéreo.
                (2) Verificación en línea: Cada 12 meses naturales contados a partir
                    del último día del mes en que se realizó.
                (3) Entrenamiento  y  verificación de  equipos  de  emergencia  y
                    seguridad:  Cada  12  meses  naturales  contados  a  partir  del
                    último día del mes en que se realizó.
                (4) Entrenamiento en tierra y refresco CRM:
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                   Cada miembro de la tripulación de vuelo realizará un entrenamien-
                   to modular CRM específico. Todos los temas principales del entre-
                   namiento  CRM  se  tratarán  mediante  sesiones  de  entrenamiento
                   modular distribuidas con la mayor homogeneidad posible en cada
                   período de tres años.
                   Un entrenamiento CRM  tierra y refresco cada 12 meses naturales.
                   Si el entrenamiento se realiza durante los tres últimos meses na-
                   turales antes de que expire el periodo de 12 meses naturales, el
                   siguiente entrenamiento en tierra y de refresco deberá realizarse
                   durante los 12 meses siguientes a la fecha de expiración del ante-
                   rior entrenamiento en tierra y refresco.

                (5) Entrenamiento  en  avión/STD:  Cada  12  meses  naturales.  Si
                    el  entrenamiento  se  realiza  durante  los  tres  últimos  meses
                    naturales antes de que expire el periodo de 12 meses naturales,
                    el siguiente entrenamiento avión/STD deberá realizarse durante
                    los 12 meses siguientes a la fecha de expiración del anterior
                    entrenamiento avión/STD.
                (6) Experiencia reciente: En transporte aéreo comercial se requieren
                    3 despegues y 3 aterrizajes en los 90 días precedentes como
                    PF en avión o en simulador de vuelo del tipo de avión que va a
                    utilizarse.
                (7) Cualificación de  competencia  en  ruta  y  aeródromo:  Cada  12
                    meses naturales partir del último día del mes de calificación o
                    del mes de la última operación en la ruta o en el aeródromo.
                (8) Mercancías peligrosas: Cada 2 años como máximo.
            (b)  Tripulantes de cabina de pasajeros.
                (1) Entrenamiento  periódico  rutinario  de  cada  tripulante  sobre
                    procedimientos  y  maniobras  normales  y  de  emergencia  que
                    adecuados al tipo de avión en el que desempeñen sus funciones:
                    Casa 12 meses.

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