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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del
Ordenamiento Jurídico.
(e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados
públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el
cumplimiento de sus obligaciones.
(f) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y
autoridades, cuando así corresponda legalmente.
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
(g) A la obtención y utilización de los medios de identificación y firm
electrónica contemplados en esta Ley.
(h) A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la
seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros
sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.
(i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
Estos derechos se entienden sin perjuicio de los reconocidos en el artí-
culo 53 referidos a los interesados en el procedimiento administrativo”.
4.11 Seguridad aeroportuaria para tripulaciones
(a) Requisitos de las tarjetas de identificaciónde tripulantes comunitarios:
(Ver capítulo 9.13.3)
(b) Acceso escoltado:
(Ver capítulo 9.13.5)
(c) Control de tripulantes y de los objetos que transporten
(Ver capítulo 9.13.6)
(d) Artículos prohibidos por tripulantes:
(Ver capítulo 9.13.7 y Apéndice 1 A del Cap. 4)
4.12 Duración de la validez de los cursos de los tripulantes.
El operador ha de garantizar que los tripulantes reciban una serie de
cursos y verificaciones periódicas.
(a) Tripulantes técnicos
(ORO.FC.230):
(1) Verificación de competencia del operador: Cada 6 meses
naturales contados a partir del último día del mes en que
se realizó. Para operaciones en VFR diurno de aviones de
performance clase B realizadas durante sesiones no superiores
a 8 meses consecutivos, será suficiente una verificación de
competencia del operador. La verificación de competencia se
realizará antes del comienzo de las operaciones comerciales
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