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6. El equipaje


                                      CAPÍTULO 6

                                     EL EQUIPAJE


            6.1    Concepto y clases de equipaje

            “Se considera equipaje los artículos y propiedades personales del pasa-
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            jeros, necesarios y adecuados para su uso, comodidad y conveniencia
            durante el viaje  ”.
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            Podemos distinguir los siguientes tipos de equipaje:
            (a)  Equipaje no facturado o “de mano”: Equipaje que el pasajero puede
                 transportar pos sí mismo.
            (b)  Equipaje facturado  .
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            (c)  Equipaje “on line”: Transportado de origen a destino en un solo vuelo.
            (d)  Equipaje “intre line”: Transportado con varias conexiones.
            (e)  Equipaje  diferenciado: Se le  da un tratamiento especial según la
                 compañía que los transporta, según la clase de billete, según el
                 pasajero (VIP, UM, PMR, grupos, peregrinos, etc.)
             (f)  Equipajes especiales: (Ver capítulo 5.5)
            (g)  Equipaje con etiqueta “RUSH”: Equipaje extraviado que ha pasado
                 cuarentena y  se reenvía al destinatario. Deberá viajar como
                 mercancía e incluirse en el manifiesto de carga .
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            El operador está obligado a transportar juntamente con los viajeros y, dentro
            del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente
            del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. El exceso puede
            ser objeto de estipulación especial. No se considera equipaje los objetos y
            bultos de mano que el pasajero lleve consigo, que deberán ser transportados
            gratuitamente, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas del aeropuer-
            to, excepto por razones de seguridad vinculadas al peso o al tamaño (Dispo-
            sición Final Segunda, seis, de la Ley 1/2011)


            1. Definición de IATA.
            2. OACI manda a los Estados adoptar medidas para asegurar que no se transporten equi-
            pajes de pasajeros que no estén a bordo de la aeronave, salvo que sea sometido a otras
            medidas de seguridad (Anexo 17, 4.3.1).
            3. Orden de 9 de febrero de 1966, sobre Documentación Aduanera y Rectificación de Ma-
            nifiestos todavía en vigor.
                                                                      Pág. 6.1
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