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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
            Cuando las características o tamaño de los objetos o efectos impidan
            su transporte en vehículos blindados, éste se podrá realizar en otros
            vehículos, contando con la protección de, al menos, dos vigilantes de
            seguridad,  que  se  deberán  dedicar  exclusivamente  a  la  función  de
            protección e ir armados con la escopeta a que se refiere el núm. 7 del
            presente apartado vigésimo segundo.
            El vigilante o vigilantes de protección portarán la escopeta de repeti-
            ción del calibre 12/70, con cartuchos de 12 postas comprendidas en
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            un taco contenedor”.
            Por tanto, si se requiere tal tipo de protección y seguridad si el traslado
            es por carretera, no se debería utilizar una línea aérea para el trans-
            porte, sino aeronaves propias.
            Se considera mercancía valiosa:
                •  Oro en todas sus formas.
                •  Platino y sus aleaciones en todas sus formas.
                •  Billetes de banco de curso legal.
                •  Valores, acciones, cupones.
                •  Diamantes, rubíes, esmeraldas, zafiros y perlas (naturales y culti-
                   vadas)
                •  Expediciones con valor superior a 1.000 $ USA o contravalor
                   en moneda local.
                •  Envíos de protección especial: Joyería de plata, bisutería fina,
                   relojes de alto valor y pequeña paquetería con elevado riesgo
                   de sustracción.

              7.3.9.1   Ubicada en cabina (de pequeño tamaño).
              Aunque hay algunas compañías aéreas que admiten en su Manual
              de Operaciones el transporte en cabina de pasaje de pequeños pa-
              quetes con mercancía valiosa bajo la responsabilidad del Coman-
              dante, si atendemos a las normas anteriormente expuestas, no se
              debería aceptar bajo ningún concepto esa responsabilidad. Según
              esas normas, deberá ir siempre en bodega, con los procedimientos
              de seguridad requeridos.
              En los Manuales de Operaciones se regula este transporte con nor-
              mas internas de las propias compañías.
              El Comandante será inexcusablemente informado mediante el for-
              mulario de información de mercancías de trato diferenciado, en los
              plazos señalados en 7.3

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