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7. Mercancía y correo
                     de ir en la cartera de documentación de vuelo. De ellos se en-
                     cargará el sobrecargo por delegación del Comandante.
               (5) En caso de valijas diplomáticas conducidas (ver 6.3.3) se requiere
                  su correspondiente guía de transporte. Si va a Nueva York, las
                  valijas  diplomáticas  deberán  declararse  en  un  manifiesto  de
                  mercancía exclusivo.
               (6) Los servicios de Paquete Exprés, según las normas de Aduana
                  españolas, no requieren aparecer en el manifiesto de carga. No
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                  obstante el Comandante, como responsable  de su transporte
                  deberá conocer su contenido y peso, para incluirlo en la hoja de
                  carga.
               (7) Manifiesto de Correo en el que se declaren las sacas que viajan
                  y su peso.
            7.8.2   Recomendada.
               (1) Impreso de orden de carga, cumplimentado por el capataz.
               (2) Todo documento aclaratorio del contenido o circunstancias de la
                  mercancía que se transporta.

            7.9     Transporte de droga para una entrega vigilada
            Se entiende por entrega vigilada (o controlada) de drogas tóxicas, es-
            tupefacientes o sustancias psicotrópicas así como de otras sustancias
            prohibidas, la circulación por el territorio nacional o su salida o entrada en
            el mismo, sin interferencia de la autoridad o sus agentes y bajo su vigi-
            lancia con el fin de descubrir o identificar a las personas involucradas en
            la comisión de algún delito relacionado con dichas drogas o sustancias o
            para prestar auxilio a las autoridades extranjeras con estos mismo fines
            (art. 263 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
            Se puede dar el caso de que al Comandante se le pida que lleve un
            paquete en la cabina conteniendo estas sustancias, para ser entrega-
            do en destino a la policía. En este caso el Comandante debe pedir la
            conformidad o autorización escrita, que deberán tener las autoridades
            que soliciten el transporte del paquete. Esta autorización, que puede ser
            genérica y no referida al vuelo en concreto, vendrá firmada por el Juez
            de Instrucción, el Ministerio Fiscal o por los Jefes de las Unidades Orgá-
            nicas de la Policía Judicial de ámbito provincial o sus mandos superiores.
            La entrega vigilada de drogas se debe hacer caso por caso y además
            de lo expuesto, se tiene que adecuar a los tratados internacionales al
            respecto que puedan existir.

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