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7. Mercancía y correo
               restringidas de seguridad de los aeropuertos, entre ellos los destinados
               a las tiendas libres de impuestos y restaurantes, estarán sujetos a con-
               troles de seguridad a fin de evitar la introducción de artículos prohibidos
               en tales zonas.

            7.10.6  Mensajería y paquete exprés:
               (1) Controles de seguridad
                  (i)  La carga, la mensajería y los paquetes exprés sólo podrán ser
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                      transportados por vía aérea cuando se hayan realizado los
                      siguientes controles de seguridad:
                      (A)           La  recepción,  el  tratamiento  y  la  manipulación  de
                           la carga serán efectuados por personal seleccionado y
                           formado adecuadamente;
                      (B)      La carga se someterá a un registro manual o físico,
                           o un control por rayos X o un paso por una cámara de
                           simulación  u  otros  medios  o  procedimientos,  técnicos
                           o  biosensoriales  (por  ejemplo,  sensores  olfativos,
                           detectores de rastros, perros detectores de explosivos,
                           etc.), de manera que se garantice razonablemente que
                           no contenga ningún artículo prohibido, salvo que haya
                           sido declarado y sometido a las medidas de seguridad
                           aplicables.
                     Cuando, debido a la naturaleza del envío, no puedan aplicarse
                     ninguno de los medios y métodos de control descritos, la au-
                     toridad competente podrá especificar un periodo de depósito.
                  (ii)  Una  vez  aplicados  los  controles  de  seguridad,  sea  dentro
                      o fuera del recinto del aeropuerto, e incluida  la carga pro-
                      cedente  de  expedidores  conocidos,  deberá  mantenerse  la
                      esterilidad del cargamento hasta el momento de su embarque
                      en la aeronave y hasta que ésta despegue.
                  (iii)  Los  controles  de  seguridad  especificados  en  el  número  1
                      del punto B, no serán obligatorios para la carga recibida de
                      un expedidor conocido. La carga en transbordo, las cargas
                      cuyas condiciones  de origen y manipulación  aseguran
                      que  no  presentan  amenaza  alguna  para  la seguridad  y las
                      cargas  que  estén  sometidas  a  otros  requisitos  reguladores
                      que proporcionen un nivel adecuado a la protección para la
                      seguridad:
                        •  Certifique por escrito que el envío no contiene ninguno de

                                                                      Pág. 7.21
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