Page 338 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 338
9. El aeródromo
CAPÍTULO 9
EL AERÓDROMO
9.1 Concepto
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
(a) El aeródromo es una superficie de límites definidos con inclusión,
en su caso, de edificios e instalaciones, apta normalmente para la
salida y llegada de aeronaves.
(b) Cuando un aeródromo tiene de un modo permanente instalaciones y
servicios con carácter público para asistir de modo regular al tráfico
aéreo, permitir el aparcamiento y reparaciones del material aéreo
y recibir o despachar pasajeros y carga, se denomina aeropuerto.
(c) Se considerarán partes o elementos de un aeropuerto toda
aeronave, autobús, carretilla o remolque porta-equipaje y cualquier
otro medio de transporte, así como todo camino peatonal, pasarela
de evacuación o pista.
9.2 Clases
(a) Por su asentamiento:
(1) Terrestres.
(2) Acuáticos (para hidroaviones)
(b) Por su uso (Real Decreto 217/2014, de 28 de marzo, por el que se
modifican el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo)
(1) De uso público: Se entiende por aeródromos de uso público, los
aeródromos civiles en los que se pueden realizar operaciones de
transporte comercial, de pasajeros, mercancías y correo, incluidos
aerotaxis. Los aeródromos de uso público deberán figurar como tal
en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) del Servicio de
Información Aeronáutica.
(2) De uso restringido. El resto de los aeródromos.
A efectos del cumplimiento de las normas técnicas de segu-
ridad operacional establecidas en este real decreto los aeródro-
mos de uso restringido se clasifican en
(i) Aeródromos restringidos especializados, en adelante
Pág. 9.1