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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
La determinación sobre cómo efectuar un registro de seguridad
deberá regirse por las disposiciones adicionales establecidas en
disposiciones adicionales de carácter restringido aprobadas por
la Autoridad competente.
(c) Protección de las aerona ves.
Todas las aeronaves estarán protegidas de interferencias no autorizadas.
(1) Aspectos generales sobre la protección de las aeronaves.
(i) Con independencia de si una aeronave se halla estacionada
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
en un aeropuerto, deberá protegerse de todo acceso no au-
torizado:
• Garantizando la pronta detención de aquellas personas que
pretendan acceder a ella sin autorización;
• Cerrando las puertas exteriores. Cuando la aeronave se en-
cuentre en una zona crítica, las puertas exteriores no acce-
sibles a las personas desde tierra se considerarán cerradas
una vez los medios de acceso se hayan retirado de la aero-
nave o alejado de esta lo bastante para impedir razonable-
mente el acceso a las personas; o
• Habilitando los instrumentos electrónicos pertinentes que
detecten automáticamente todo acceso no autorizado.
• Habilitando un sistema de acceso al aeropuerto mediante
tarjeta identificativa en todas las puertas que lleven directa-
mente a la pasarela de embarque de pasajeros, adyacente
a una puerta abierta de la aeronave, que únicamente permi-
ta el acceso de personas que dispongan de formación con
arreglo al punto 11.2.3.7 de la Resolución de 14 de mayo
de 2015 de la SGT. Estas personas deberán asegurarse de
evitar el acceso no autorizado durante su uso de la puerta.
(ii) El punto (i) anterior no será de aplicación a una aeronave
estacionada en un hangar bloqueado o protegido contra todo
acceso no autorizado.
(2) Protección adicional de las aeronaves con las puertas exteriores
cerradas que no se encuentren en una zona crítica.
(i) Asimismo, cuando las puertas exteriores permanezcan cerra-
das y la aeronave no se encuentre en una zona crítica, toda
puerta exterior deberá estar:
• Alejada de todo medio de acceso; o
• Precintada; o
• Bloqueada, o
• Vigilada.
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