Page 330 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 330

8. La aerona ve
               (18) Información meteorológica adecuada;
               (19) Manifiesto de carga o pasajeros, en su caso
               (20) Documentación de masa y centrado;
               (21) El plan operacional de vuelo, en su caso;
               (22) La notificación de categorías especiales de pasajeros (SCP) y
                  cargas especiales, en su caso, y
               (23) Cualquier otra documentación que pudiera ser pertinente al vue-
                  lo o pueda ser requerida por los Estados afectados por el vuelo.
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            (c)  Pérdida de documentos
                 CAT.GEN.MPA 180 (c): En caso de pérdida o robo de los documentos especi-
                 ficados en los puntos 2. a 8. del punto B, se puede continuar hasta la base o
                 donde se puedan obtener duplicados.

                 NOTA: Al no haber  sido traspuesta esta opción para las licencias de vuelo
                 de los tripulantes (tal como aparece en el Apéndice 1 a la EU OPS 1.125),
                 queda vigente el Apéndice de las EU OPS para las licencias, de acuerdo con
                 el Considerando nº 6 del REGLAMENTO (UE) Nº 965/2012 de la Comisión,
                 de 5 de octubre de 2012.
            (d)  Otra documentación obligatoria:
               (1) Visto Bueno de mantenimiento (RCA)
               (2) Lista de procedimientos bombas/sabotajes (A.6 OACI)
               (3) Procedimiento  de  respuesta  a  incidentes  de  M.P.  (Doc.  9481
                  OACI)
               (4) Declaración de Aduanas (si se requiere)
               (5) Folletos de emergencia PAX. (CAT.OP.MPA 170, b))
               (6) Listado de equipos de emergencia y supervivencia
               (7) Certificado de Registro de Bienes Muebles (Art. 183 RRM
               (8) Cualquier otra documentación que exija el Manual de Operacio-
                  nes.
            (e)  Yo aconsejo que también se lleven los siguientes documentos:
               (1) Tarjeta de crédito de combustible;
               (2) Manual de salvamento,
               (3) Formularios en blanco de planes de vuelo ATS
               (4) Formularios en blanco con sus copias para levantamiento de ac-
                  tas oficiales de acontecimientos a bordo (nacimientos, fallecimien-
                  tos, etc)
               (5) Reglamento de Mercancías Peligrosas;


                                                                      Pág. 8.35
   325   326   327   328   329   330   331   332   333   334   335