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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
frontera o costa lo haga obligatoriamente entre dos puntos deter-
minados. Si, por causa de fuerza mayor que deberá justificarse, no
se respetan las prescripciones que hayan podido dictarse en este
sentido, deberá aterrizar o amarar en el aeropuerto terrestre o ma-
rítimo más cercano.
8.8 MASTER MEL Y MEL
La JAR MMEL/MEL se ha publicado en España por Real Decreto
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
1762/2007 de 28 de diciembre (BOE de 9 de enero de 2008), en la que
se incluyen ya a los Trabajos Aéreos.
(a) Normas comunes para MMEL y MEL:
(1) Es competente el/la Director/a de la AESA para aprobar las MMEL
de las aeronaves a las que se les haya emitido un primer certifi-
cado de tipo, y las listas MEL de las aeronaves que estén bajo su-
pervisión española, así como sus revisiones y cambios. También
le corresponde resolver sobre solicitudes de aceptación de MMEL
y la aprobación sus de suplementos, cuando resulte necesario de
acuerdo en este Real Decreto.
(2) El operador debe establecer para cada aeronave una MEL, que
deberá aprobar la autoridad y deberá estar basada en la MMEL.
(3) El operador (léase el Comandante por ser su representante a bor-
do) no operará una aeronave si no es de acuerdo con la MEL, a
menos que la AESA le conceda una exención que, en ningún caso
permitirán una operación por debajo de las MMEL.
(4) Si la MMEL no existe, la MEL deberá estas basada en una lista
MMEL alternativa o en una genérica de aeronaves semejantes en
tipo y motorización.
(5) Los operadores podrán hacer uso del sistema de extensión de los
intervalos de corrección (RIE) según el procedimiento aprobado.
El Operador deberá informar a la AESA del uso de las extensiones
en un plazo de 15 días desde el comienzo de la extensión, así
como las acusas que lo han motivado.
(6) En caso de uso abusivo de las extensiones, o de irregularidades
en su aplicación, o si no están debidamente justificadas cuando no
se cumpla con la competencia operacional y de ingeniería reque-
ridas, la AESA iniciará los trámites para la revocación definitiva del
procedimiento y suspenderá cautelarmente su eficacia
(7) La AESA puede, con carácter excepcional y temporal, conceder
una exención del cumplimiento de los requisitos de la JAR MMEL-
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