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13. Infracciones y sanciones. El procedimiento sancionador
                13.2.3.3  Delitos contra el derecho de gentes.
                  (i) El Comandante que no preste auxilio a una aeronave o a un
                      buque que lo solicite, pudiendo hacerlo sin riesgo.
                  (ii) Los tripulantes que conociendo alguna situación de peligro no
                      lo adviertan.
                13.2.3.4  Delitos contra la autoridad.
                  (iii) Insulto al mando; maltrato de obra a un superior en acto de
                      servicio; intimidación, amenaza o atentado contra su libertad.
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                  (iv) Atentados o desacatos de pasajeros contra el Comandante
                      (se castiga con arreglo al Código Penal).
                  (v) Desobediencia de órdenes relativas a la seguridad por parte
                      de los pasajeros.
                13.2.3.5  Abuso de autoridad y negligencia en el ejercicio del
                     mando
                 El superior que, excediéndose arbitrariamente en sus atribuciones,
                 maltrate de obra o irrogue a un tripulante un perjuicio grave; o el
                 Comandante que veje, ofenda o someta a un pasajero a medidas no
                 autorizadas por la Ley o Reglamento; el Comandante que abandone
                 a un tripulante o pasajero de un modo arbitrario; el Comandante que
                 no emplee todos los medios a su alcance para reprimir cualquier acto
                 de indisciplina, si del mismo pudiera derivarse dificultad o perturba-
                 ción para el servicio público o peligro para la vida de las personas, la
                 aeronave o el cargamento.
                13.2.3.6  Delitos de falsedad.
                  (i) El Comandante que tripule una aeronave sin marcas de ma-
                      trícula o nacionalidad, o que las lleve irregularmente.
                  (ii) El que haga uso de documentos de a bordo de otra aeronave
                      a la que hubiese usurpado la marca de matrícula.
                  (iii) El que utilice el documento aeronáutico de otra persona para
                      hacer recaer en el otro un daño  u obtener un beneficio.

                  (iv) Falsificación de documentos y libros de a bordo
                13.2.3.7  Delitos contra la propiedad.
                  (i) Robo o hurto a bordo de una aeronave por tripulantes (con
                      arreglo al Código Penal y su grado máximo).
                  (ii) Comandante de aeronave que la empleare ilegítimamente en
                      provecho propio o de un tercero.
                  (iii) Apropiación de todo o parte del cargamento de una aeronave
                      (con arreglo al Código Penal y su grado máximo, o el grado

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