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Fuente: Informe UNESCO para la educación S. XXI
ARTICULO 12°:
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
El seguimiento escolar: se considera como el proceso de acompañamiento, observación y
registro escolar de los hechos más importantes en la formación de los educandos, desde la
perspectiva de lo enseñado por el docente o por cualquiera otro agente del entorno
educativo y su relación con lo aprendido y aplicado por el estudiante. En este proceso
podrán participar: el Consejo Académico, las Coordinaciones, el Departamento de
Psicología, los jefes de Área, los Docentes y los Padres de Familia según el caso. En todos
los tipos de intervención, se pondrá especial atención a la ayuda, la orientación y las
correcciones que sean necesarias, para conseguir el mejoramiento escolar en los diferentes
campos de formación de los estudiantes.
El mejoramiento escolar. Llámese mejoramiento escolar, al proceso por el cual la
evaluación sirve de diagnóstico, para hallar dificultades de formación en lo pedagógico, lo
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL 191

