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Fuente: Informe UNESCO para la educación S. XXI


                      ARTICULO 12°:

                  ACCIONES  DE  SEGUIMIENTO  PARA  EL  MEJORAMIENTO  DE  LOS
                  DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.



                  El seguimiento escolar: se considera como el proceso de acompañamiento, observación y
                  registro escolar de los hechos más importantes en la formación de los educandos, desde la

                  perspectiva  de  lo  enseñado  por  el  docente  o  por  cualquiera  otro  agente  del  entorno
                  educativo  y  su  relación  con  lo  aprendido  y    aplicado  por  el  estudiante.  En  este  proceso

                  podrán  participar:  el  Consejo  Académico,  las  Coordinaciones,  el  Departamento  de
                  Psicología, los jefes de Área, los Docentes y los Padres de Familia según el caso. En todos

                  los  tipos  de  intervención,  se  pondrá  especial  atención  a  la  ayuda,  la  orientación  y  las

                  correcciones que sean necesarias, para conseguir el mejoramiento escolar en los diferentes
                  campos de formación de los estudiantes.


                  El  mejoramiento  escolar.  Llámese  mejoramiento  escolar,  al  proceso  por  el  cual  la

                  evaluación sirve de diagnóstico, para hallar dificultades de formación en lo pedagógico, lo





                                              SISTEMA  INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN  –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL   191
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