Page 14 - Apunte apoyo FPT (PDF)_Neat
P. 14

CENMA 111- B° Acosta                                                                   F.P.T.

               El trabajo infantil es un flagelo de alcance mundial. Sin dudas, el factor fundamental que determina la proliferación del
               trabajo infantil es la pobreza. Sin embargo, existen muchas otras y variadas causas como la inestabilidad política y
               económica, la discriminación, la emigración, la explotación criminal, las prácticas culturales tradicionales, la falta de
               trabajo decente para adultos, una protección social inadecuada, la ausencia de escuelas, el deseo de obtener bienes de
               consumo y el deseo de algunos empleadores de disponer de mano de obra barata y flexible.

                                                                   37
               La OIT en su último "Informe Mundial sobre el trabajo infantil,"  de mayo de 2010, constata una fuerte reducción de
               esfuerzos para luchar contra las peores formas de trabajo infantil y hace un llamado para "revitalizar" la campaña mundial
               con el objetivo de suprimir éstas prácticas.

               El  Informe  examina  los  progresos  realizados  en  materia  de  reducción  del  trabajo  infantil  resaltado  un  panorama
               heterogéneo e inquietante. "En todo el mundo 215 millones de niños siguen atrapados en el trabajo infantil" de los cuales
               115 están expuestos a trabajos peligrosos. De igual forma, los esfuerzos deben focalizarse más en el sector agrícola
               dado que es el sector económico que concentra la mayoría de niños que trabajan, señala el Informe.

               La necesidad de ampliar el acceso a la educación básica universal, de establecer un régimen básico de protección social,
               así como la promoción de empleos productivos para los padres con el fin de combatir la pobreza, son condiciones
               indispensables para la lucha contra el trabajo infantil. "Estas medidas, combinadas con la aplicación efectiva de las leyes
               que  protegen  a  los  niños,  determinan  el  camino  a  seguir,"  señaló  Constance  Thomas,  Directora  del  Programa
               Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT.

               Trabajo en contexto de encierro

               Hoy se entiende que la imposición de penas privativas de la libertad como consecuencia de la comisión de algún delito
               debe cumplir con la finalidad de la reinserción social del penado y no tiene un sentido de represalia social o de venganza.
               Se trata de favorecer esta reinserción presuponiendo una exclusión social previa, en la cual la falta de trabajo no es ajena.

               Las personas que se encuentran cumpliendo una condena penal conservan su derecho a trabajar garantizado por los
               artículos 14 y 14 bis de nuestra Constitución Nacional.

               El derecho a trabajar dentro del establecimiento penitenciario está contemplado como un derecho-deber en la Ley N°
               24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad que en su capítulo VII regula todo lo referente al Trabajo en la
               ejecución de la pena.

               “El trabajo del penado constituye un derecho que junto con la educación, permite facilitar y verificar el proceso de
               inserción. Esto no contradice la posibilidad de que el interno obtenga un beneficio económico
               con su trabajo, y menos aún exime al Estado del cumplimiento de la legislación laboral o de aquella que rige la materia

                           38
               constitucional” .

               Conforme el artículo 107 de la referida ley 24.660 el trabajo se regirá por los siguientes principios:

               a) No se impondrá como castigo;

               b) No será aflictivo, denigrante, infamante ni forzado;                                               Capacidades y Competencias

               c) Propenderá a la formación y al mejoramiento de los hábitos laborales;

               d) Procurará la capacitación del interno para desempeñarse en la vida libre;

               e)  Se programará teniendo en cuenta las aptitudes y condiciones psicofísicas de los internos, las tecnologías utilizadas
               en el medio libre y las demandas del mercado laboral;

               Rev. Set. 2016                                                                13                                                       Prof. Ing. Alesso, Guillermo
   9   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19