Page 137 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
P. 137
Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
134
la intimidad. De allí que nos de ellos, pueda tomar en cuenta
preguntemos ¿si un video que medios de prueba indirectos, el
grabe el acto sexual otro, puede exigir para la
explícitamente vulnera el derecho acreditación del adulterio medios
a la intimidad sexual?¿o una de prueba directos.
fotografía similar?, La respuesta
sería positiva, por tanto serían 1.4.2. Correos electrónicos, mensajes de
medios de prueba improcedentes texto, mensajes de facebook, whatsapp
por ser ilícitos -límite al derecho a u otra red social: Siguiendo el análisis
probar-. Salvo en materia penal, en cuanto a estos medios de prueba
en los cuales por proteger documentales, cabe señalar que estos
intereses legítimos podrían ser también sirven para acreditar los dos
aceptados. supuestos señalados, y sobre ellos, se
B. Podría suceder que se traten de aprecia que:
fotos de la red social facebook que
está expuesta al público, de ahí A. La primera dificultad viene en
que considero que si es así, no se conseguir fuentes de prueba, que
puede alegar violación a la puedan posteriormente ser
intimidad de unas fotos que la incorporados al proceso como
misma persona las ha expuesto. medios de prueba. Pues, para
Teniendo en cuenta que el ofrecer estas conversaciones la
facebook te da la opción de poner cónyuge no infiel tendría que
en vista de todos –público- tus sacarlas del celular o laptop de su
fotos y otras publicaciones, en cónyuge infiel, sabiendo para ello
vista de nadie -opción ―solo yo‖-, también todas las contraseñas o
entre otros. patrones que se requieran para ver
C. Otra dificultad viene para tomar dichos mensajes.
conocimiento del acto infiel y B. La segunda en que estos medios
asimismo para obtener la fuente de prueba sean admitidos, porque
de prueba consistente en un video podrían ser considerados ilícitos
o fotografía que pueda servir para por el Juez A quo por vulnerar el
acreditar el adulterio. Ya que, derecho a la intimidad.
como señalé si es explícito C. Otro criterio podría señalar que
vulneraría el derecho a la estos medios de prueba no
intimidad, entonces sí solo es un acreditan suficientemente el
video o fotografía que prueba la adulterio, ya que sólo son
entrada y salida del cónyuge con mensajes (conversaciones), es
un tercero, entonces sería un decir estamos ante pruebas
medio de prueba indirecto, lo cual indirectas, y que, debería
deja a criterio del juez lo que concurrir con más medios de
pueda, o no, inferir sobre ello. prueba para que llegue acreditar el
D. Otra dificultad viene para que adulterio. Por tanto, en esta
estas pruebas puedan ser situación la tercera dificultad
valoradas, pues como sabemos y viene en la valoración.
se verá más adelante, lógicamente
los criterios de los jueces, no son
iguales. Es así, que mientras uno
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”