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g) Incumplimientos relacionados con el expen­  sean declarados ilegales por la autoridad com­
                dio, abastecimiento, despacho, comercializa­  petente, dichos supuestos deben interpretarse   <
                ción, suministro o entrega de Hidrocarburos u   necesariamente de acuerdo a las competencias   U
                Otros Derivados a personas no autorizadas.  del  O SIN ER G M IN   y  sin  invertir  la  carga  de  la   LU
                                                                                                              O.
                                                         prueba que corresponde a esta entidad. Es decir,     CO
                                                                                                              U J
                h)  Incum plim ientos  relacionados  con  pro­  por ejemplo, cuando se refiere a daños, se debe
                                                                                                       DERECHO
                cedim ientos  o  estándares  de  trabajo  ca­  entender que son daños a la  infraestructura o   MINERO,
                                                                                                      AMBIENTAL
                                                                                                       Y DE LOS
                lificados  como  de  alto  riesgo,  normas  que   instalaciones,  aspectos  sobre  los  cuales  051-   RECURSOS
                                                                                                      ENERGETICOS
                establecen parámetros de medición, límites o   NERGMIN tiene competencias y sobre los que su
                tolerancias, tales como, normas de control de   actividad de supervisión y fiscalización pueden
                calidad, control metrológico, peso neto de ci­  determinar efectivamente  los  daños.  De  esta
               lindros de GLP, parámetros de aire o emisión,   forma, OSINERGMIN no podría alegar daños al
               existencias, entre otros.                 ambiente, ni tampoco requerir al administrado
                                                         que  acredite  que  su  supuesta  infracción  no
                                                                                                         un
               i)  Los  incumplimientos  de  indicadores  veri-   ocasionó daños,  pues  en  este caso  estaría  in­  U J
                                                                                                         _i
                ficados  en  procedim ientos  de  supervisión   virtiendo la carga de la prueba ilegítimamente.  <
               muestra!,  salvo  que se  acredite  el levanta­                                           O
               miento de la infracción en todo el universo al   Régimen sancionador de la SUNAFILen minería:  u
                                                                                                         <
               que representan las muestras.
                                                                                                         un
                                                         Como ya hemos señalado líneas arriba, el RSSOM   UJ
                                                                                                         CC
               j) Incumplimientos relacionados con la obten­  prevé para  la  SUNAFIL la  competencia  para su­  O
                                                                                                         l—
               ción de autorizaciones exigibles para una ac­  pervisar y fiscalizar el cumplimiento de las dispo­  <
                tividad, que fueran obtenidas o regularizadas   siciones legales y técnicas de la seguridad y salud
               con posterioridad al inicio del procedimiento   ocupacional en la mediana y gran minería, dentro
               administrativo sancionador.               del marco de la Ley 29981. Al respecto, la SUNAFIL
                                                         es un organismo técnico  especializado adscrito
               k) Los actos u omisiones que hubiesen gene­  al Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo,
               rado la imposición de una medida correctiva,   con autonomía para el ejercicio de sus funciones,
               medida  cautelar o  mandato,  por parte  de   las cuales desarrolla y ejecuta en el  marco de la
               Osinergmin, orientada al levantamiento del   Ley General de Inspección del Trabajo, aprobada
               incumplimiento suscitado.                 por la Ley 28806 -en adelante, la"LGI". A diferencia
                                                         de los  regímenes del  OEFA y del  OSINERGMIN,
               l) Otros que apruebe el Consejo Directivo". (El   la SUNAFIL no cuenta con la facultad normativa
               subrayado es nuestro). Si                 para  tipificar  las  infracciones sobre  las  que  es
                                                         competente28,  sino  que ejerce su competencia
            Si bien algunos fragmentos de la norma citada   sancionadora sobre la tipificación de infracciones
            no calzan necesariamente para  las actividades   prevista en el  Reglamento de la Ley General de
            mineras, puede apreciarse que el OSINERGMIN   Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto
            restringe sustancialmente la aplicación del exi­  Supremo N° 19-2006-TR -en adelante, el"RLGI".
                                                                                                         <
            mente de  responsabilidad  administrativa  por                                               u
            subsanación voluntaria establecida por el TUO   Sobre el  particular, el  RLGI clasifica a las infrac­  U J
                                                                                                         CL
                                                                                                         un
            LPAG.  Sin  perjuicio  de  que estas  restricciones   ciones en leves, graves y muy graves29, y para de­  U J
            a  la  subsanación  voluntaria  incumplan  con  el   terminar el monto de la sanción aplicable, toma
            principio de legalidad de acuerdó al artículo 245   como referencia dicha clasificación por el núme­
                                                                                                         ifi
            del TUO LPAG, debe notarse que hasta que no  ro de  trabajadores  afectados a  los que  asigna  ro
                                                                                                         §

                                                                                                         O
            28.  Artículo 41  de la Ley 28806.                                                           §
                                                                                                         O
            29.  En los artículos 26, 27 y 28 del Decreto Supremo 19-2006-TR.




             El Régimen Sancionador en minería: análisis de la potestad sancionadora en materia ambiental, y en seguridad y salud ocupacional   143
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