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los requisitos antes mencionados, y así podían   c)   El fortalecimiento del proceso de formaliza­
                obtener la calificación de PPM y PMA.             ción de las actividades mineras auríferas en
                                                                  las zonas donde se permite esta actividad;
                 Dicha  situación  conllevó  a  que  la  actividad
                 minera se continuara expandiendo de manera   d)   La  recuperación  de  las  zonas degradadas
                descontrolada, y que se cree una evidente dis­    por la minería aurífera informal o ilegal; y,
                torsión del sistema.
                                                              e)   El  apoyo al  Gobierno  Regional  de  Madre
                IV.  ERRADICACIÓN DE LA MINERÍA ILEGAL            de Dios para el cumplimiento de sus fun­
                     EN MADRE DE DIOS: EL DECRETO DE              ciones respecto a  la  pequeña minería y la
                     URGENCIA DE ALAN GARCÍA                      minería artesanal.

                Frente  a  dicho  escenario,  el  18  de  febrero   Ahora bien, el  plazo inicial de este Decreto de
                del  2010  se  publicó  el  Decreto  de  Urgencia   Urgencia  fue  posteriorm ente  am pliado  por
                N °  012-2010-PCM,  que  declaraba  de  interés   doce  (12)  meses  adicionales,  lo  que terminó
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                nacional  el  ordenam iento  minero  en  el  de­  por confirmar que no estábamos frente a una
                partam ento  de  Madre  de  Dios  por  un  plazo   norma de carácter urgente4, no solo porque no
                de  12  meses.  Con  este  Decreto de  Urgencia   cumplía  con  el  requisito  de excepcionalidad
                se reconoció por primera vez la actividad ¡le­  sino también porque no cumplía con el carác­
                gal  que  se venía  realizando en  nuestro  país,   ter de transitoriedad exigido5. Evidentemente,
                específicam ente en Madre de Dios, así como   se cuestionó que los efectos de la minería  in­
                los  daños  que  esta  actividad  ilegal  estaba   formal e ilegal en Madre de Dios, así como en
                generando.                                    otras ciudades, no podía ser catalogada como
                                                              una  situación  extraordinaria  e  im previsible
                M ediante  el  Decreto de  Urgencia  se  declaró   para el año 2010.
                de  necesidad  pública,  interés  nacional  y  de
                ejecución  prioritaria  el  ordenam iento  de  la   Si  bien  las  medidas  que  se  buscaron  imple-
                 minería aurífera en Madre de Dios, disponién­  mentar con  el  dictado  del  Decreto  Urgencia
                dose lo siguiente:                            respondían a  un  problema evidente que exi­
                                                              gía  a gritos su  regulación  y control, el  m eca­
                a)   La creación de zonas de exclusión minera,   nismo por el cual se trató de incorporar dichas
                    en  las  que  no  se  podía  realizar actividad   m edidas  a  nuestro  ordenam iento  jurídico
                    minera,  salvo  en  el  caso  de  derechos  ad­  peruano no fue el correcto. Ello conllevó a que
                    quiridos y sujeto a ciertas condiciones;  el  Decreto de  Urgencia  resulte siendo suma­
                                                              mente polémico, genere una grave situación
                b)   La prohibición del uso de dragas y artefac­  de violencia y llegue incluso a ser cuestionado
                    tos similares que operan en los ríos;     ante el Tribunal Constitucional6.




                4.   De  acuerdo  con  nuestra  Constitución  Política,  los  decretos  de  urgencia  únicamente  deben  ser emitidos  para
                    regular  sobre: (i) materia económica y financiera, (ii) asuntos de interés nacional; y, (iii) situaciones extraordinarias
                    e imprevisibles que pongan en peligro inminente la economía y finanzas del país.
                5.   El Tribunal Constitucional  ha desarrollado diversos presupuestos que  habilitan  la expedición de un decreto de
           AD VO C ATU S  135   6.   declara infundada la demanda de amparo presentada por varias empresas mineras, al considerar que se estaban
                    urgencia, en el fundamento 60 de la Sentencia recaída en el Expediente N° 008-2003-AI/TC.
                    Sentencia  recaída  en  el  Expediente  N° 00316-2006-AA/TC  de fecha  17  de julio  del  2012,  mediante  la  cual  se

                    vulnerando sus derechos a  la no retroactividad de la ley, a la igualdad de trato, a la propiedad y a la libertad de
                    empresa. El Tribunal Constitucional básicamente consideró que el derecho de propiedad debe verse limitado en
                    vista del impacto negativo en el ambiente por el uso de las dragas, debiendo considerarse además el derecho a
                    un ambiente equilibrado y adecuado.




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