Page 255 - Edición N° 31
P. 255

III.  ANÁLISIS DE LOS PRINCIPALES            sancionadora por parte del Estado -incluyendo la
                     CUESTIONAMIENTOS A LA REGULACIÓN         potestad sancionadora administrativa- sea legíti­
                     VIGENTE                                  mo, deberá ejercerse como consecuencia no solo
                                                              de la verificación de la comisión de la conducta
                 1.  ¿La responsabilidad administrativa       tipificada  como  infracción  sino, además,  de  la
                     en el marco de un procedimiento          verificación de la existencia de dolo o culpa como
                     administrativo sancionador puede ser     elementos determinantes de la responsabilidad
                     objetiva?                                del  presunto agente  infractor, toda  vez que el
                                                              ejercicio de dicha potestad sobre la base de un
                 Tal  como  lo  ha  señalado  el Tribunal  Constitu­  análisis meramente objetivo de las circunstancias
                 cional29,  una  interpretación  que  excluya  del   deviene en inconstitucional.
                 análisis de cualquier tipo infractor el elemento
                 subjetivo, es inconstitucional al atentar contra el   Por tanto, la determinación de responsabilidad
                 principio de culpabilidad que limita la potestad   administrativa derivada de la tramitación de un
                 punitiva del Estado.                         procedimiento administrativo sancionador, de­
           Universidad  de  Lima  En este sentido, pese a que pueden existir tipos   de  la  concurrencia del  elemento objetivo que
                                                              berá efectuarse sobre la base de la verificación

                                                              determina al tipo infractor y del elemento subje­
                 infractores que prescinden en su tipificación al
                                                              tivo, independientemente de si el tipo infractor
                 elemento  subjetivo,  se debe tener en  cuenta
                                                              lo contempla expresamente o no.
                 que la determinación de responsabilidad cons­
                 tituye  un  aspecto  intrínseco  al  ejercicio  de  la
           Derecho  de  la   potestad  punitiva  del  Estado  en  sus  diversas   2.  ¿Cuál es el rol del principio de
                                                                  culpabilidad en el procedimiento
                 manifestaciones  -tanto  penal  como  adminis­
                                                                  sancionador?
                 trativa-, y como tal  se sujeta a  la  observancia
                 de  una  serie  de  principios,  entre  los  que  se

                                                              orientador de la  potestad  punitiva del  Estado,
           de    encuentra el principio de culpabilidad.      El  principio  de  culpabilidad,  como  principio
                                                              presenta  una  doble  naturaleza:  por  un  lado,
                 Acorde con  lo  señalado  por el Tribunal  Cons­
           por  alum nos  de  la  Facultad   nacional, dicho  principio surge como  una exi­  punitiva que ha sido conferida al Estado; y, por
                                                              constituye un  límite al ejercicio de la potestad
                 titucional,  en  nuestro  ordenamiento jurídico
                                                              el otro, una garantía a favor del administrado.
                 gencia  de  la  cláusula  del  Estado  de  Derecho,
                 y se  deriva  como  un  principio  constitucional
                                                              En este sentido, la observancia del  principio de
                 implícito que limita la potestad punitiva estatal.
                 En este orden de ideas, se reconoce que  pese
                                                              culpabilidad se presenta como un límite al ejerci­
                                                              cio de la potestad punitiva del Estado, al exigirle
                 a  que  no  ha  sido  señalado  expresamente,  se
                                                              la verificación  de  la  existencia  de culpabilidad
                 interpretativo que excluya del tipo infractor el
           Revista  editada   considera  inconstitucional  cualquier  sentido   por parte del agente que presuntamente habría
                                                              incurrido en una conducta infractora, es decir, de
                 análisis de elementos subjetivos determinantes
                 de la responsabilidad del sujeto infractor30.
                                                              la existencia de dolo o culpa de este respecto de
                                                              la infracción que se le pretende imputar.
                 En este orden de ideas, al constituirse como máxi­
                 ma básica el principio según el cual "no hay pena
                                                              una  garantía  a  favor del  administrado, al  ga-
                 sin dolo o culpa", para que el ejercicio de potestad  Asimismo,  dicho  principio  se  presenta  como
           131
           ADVOCATUS   29.  Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 2868-2004 AA/TC de fecha 24 de noviembre del

                     2004. En ella el Tribunal Constitucional hace referencia a lo expresamente señalado en su sentencia recaída en el
                     Expediente N° 0010-2002-AI/TC de fecha 3 de enero del 2003.

                 30.  Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 010-2002-AI/TC.



          2 5 2  R  i c h  a  r d     J .    M  a  r t i n     T  i r a  d  o
   250   251   252   253   254   255   256   257   258   259   260