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La formalización de los tratados implica un con tiva; los de alianza defensiva o de no
junto o concierto de actos que el Estado realiza agresión; los de cooperación castrense
para conferir validez a los compromisos que de carácter supranacional; etc.
contrae con un homólogo o una organización
internacional. Este concierto comprende las • Tratados referidos a las obligaciones
etapas siguientes: financieras del Estado. Aquí aparecen
los tratados sobre endeudam iento
a) La negociación: es el conjunto de acciones externo.
y tratos Nevadosa cabo por el Ministerio de
Relaciones Exteriores a efectos de alcanzar • Tratados que generen la creación, mo
un compromiso reglado; la cual queda dificación o extinción de tributos.
sujeta a las directivas que le imparte el
Presidente de la República, en su calidad • Tratados que exijan modificación o
de conductor de las políticas exterior y de derogación de alguna ley y los que
las relaciones internacionales del Estado. requieran medidas legislativas para su
Universidad de Lima b) La aprobación: es el otorgam iento de 57 de la Constitución, el Presidente de la
Las negociaciones pueden tener un ámbito
ejecución.
bilateral o multilateral.
De acuerdo con lo establecido en el artículo
República puede en función a la materia
conformidad o asentimiento por parte del
Congreso de la República, al acto de firma
tado denominado Convenio Internacional
preliminar o celebración compromisoria objeto de acuerdo, celebrar un tipo de tra
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
básica efectuado por el Órgano Ejecutivo. Ejecutivo el cual no requiere de la aproba
Tiene por finalidad verificar la compatibi ción del Congreso de la República.
lidad y concordancia del tratado con los
compromisos internacionales preexistentes C) La ratificación: es la solemne"confirmación"
y en vigor, así como con la legislación inter de la voluntad estatal por parte del Presi
na del Estado. De acuerdo a lo establecido dente de la República, luego de reexaminar
en el artículo 56 de la Constitución, los tra sus efectos generales sobre los intereses
tados deben ser aprobados por el Congreso nacionales. Implica la decisión final de asu
antes de su ratificación por el Presidente de mir o desistirse de asumir las obligaciones y
la República, siempre que se refieran a las derechos consagrados en un texto interna
materias siguientes: cional. El Presidente de la República puede
negarse a la ratificación en caso que:
• Tratados referidos a los derechos hu
manos. • Aparezcan circunstancias políticas na
cionales inconvenientes y no previstas
• Tratados referidos a la soberanía, do al momento de llevarse a cabo el pro
minio e integridad del Estado. Aquí ceso de negociación y de aprobación
aparecen los de paz o de solución pa del tratado.
cífica de controversias; los de límites;
los de establecimiento de relaciones • Ocurran cambios en la situación inter
diplomáticas y consulares; los cons nacional no favorables para la vigencia
titutivos o de adhesión a organismos del mismo.
1 3 1 supranacionales; los de integración, y C) Canje de ratificaciones o instrumentos rati
ADVOCATUS • Tratados referidos a la defensa nacional. ficatorios: alude al intercambio o permuta
los de recursos naturales y de medio
ambiente. •
de los documentos compromisorios, que
realizan los celebrantes de un Tratado del
Aquí aparecen los de seguridad colec-
mismo.
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