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RESUMEN:
En el presente trabajo, el autor analiza el artículo 1852 del Código Civil, el cual regula a los denominados pactos prohibidos en materia del
contrato de compraventa; específicamente comparte con nosotros algunos comentarios respecto del pacto de mejor comprador, el cual a opi
nión del autor cuenta con una regulación defectuosa en su redacción, sino excesiva, que no resulta consistente con otras disposiciones legales.
Palabras clave: Marco Antonio Ortega Piaña; Derecho de los Contratos; contrato de compraventa; pactos ilícitos; pacto de mejor comprador.
ABSTRACT
In this paper, the author analyzes the artide 1852 ofthe Civil Code, which regulates the so-called prohibited agreements on the sale's
contracts; in particular, comments about the better buyer pact, which in the author's opinión has a detective regulation, which is not consis-
tentwith other legal devices.
Kevwords: Marco Antonio Ortega Piaña; Law of Contracts; purchase contract; prohibited agreements; better buyer pact.
"La curiosidad es insubordinación
U niversidad de Lima I. PRELIMINARES V ladimir N abokov Y, en particular, nos limitaremos a compartir
en su más pura forma".
algunos comentarios tratándose del pacto de
"Podrán comer de todos los frutos, salvo los de
de Derecho de la aquel árbol El relato contenido en el Gé mejor comprador, pacto ilícito para el legislador
nacional.
nesis viene inevitablemente a nuestro mente
Se postula que la prohibición, tal como está re
cuando leemos al artículo 1582 del Código Civil
de 1984; empero, lo cierto es que ya no estamos
gulada actualmente, no sólo es defectuosa en su
redacción, sino excesiva, no siendo consistente
ante las palabras del Legislador Divino sino ante
Facultad las de uno humano: "Podrán convenir todos los con otras disposiciones legales. Por ello sería
conveniente analizar si se justifica replantear la
pactos en el contrato de compraventa, salvo (...)".
respectiva regulación.
El presente trabajo recae sobre un artículo espe
por alum nos de la cífico del Código Civil de 1984, el que regula a versitaria de pregrado- sea publicado. Confío
Dejo constancia de mi agradecimiento a la
Revista ADVOCATUS por considerar que el
los denominados pactos prohibidos en materia
del contrato de compraventa:
presente trabajo -que se desprende en gran
medida de lo tratado y discutido en la clase uni
Artículo 1582.- "Puede integrar la compra
venta cualquier pacto lícito, con excepción
Revista editada de los siguientes, que son nulos: vivamente en la tolerancia del lector respecto
a los excesos u omisiones que pudiese advertir,
manteniendo la íntima esperanza que el presen
1.- El pacto de mejor comprador, en virtud
te trabajo merezca su atención.
del cual puede rescindirse la compra
venta por convenirse que, si hubiera
quien dé más por el bien, lo devolverá el II. COMENTARIOS GENERALES
comprador. 2 Un primer tema a comentar es la vocación do
131 2 - El pacto de preferencia, en virtud del cual cente del legislador.
ADVOCATUS se impone al comprador la obligación de compraventa puede ser integrada, en prin
En efecto, el legislador civil nos indica que la
ofrecer el bien al vendedor por el tanto
que otro proponga, cuando pretenda
sea lícito, esto es, conforme al ordenamiento.
enajenarlo". cipio, por cualquier pacto, en la medida que
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