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la indicada jurisprudencia, remitiéndose al texto a los criterios ya expuestos sobre las consecuen
de calificada doctrina nacional: "(...) dentro de cias jurídicas por contravención de las normas de
los supuesto de nulidad tenemos las denominadas naturaleza imperativa.
n u lid a d e s te x tu a le s y virtu a le s. Las p rim e ra s se h a lla n
determinadas por la literalidad de la norma que las Siendo que la nulidad, como categoría de inefi
ha previsto; mientras que las segundas se consideran cacia estructural específica, está sancionada sólo
sobreentendidas por la contravención de alguna para los pactos celebrados en contravención con
norma imperativa que no necesita de prevención el artículo 1582 del Código Civil, se está ante un
específica de la nulidad". caso de nulidad parcial, de manera que no se
afectaría la válida celebración del contrato de
Resultan cuestionables los sobreentendimien compraventa, sino tratándose únicamente de una
tos en materia de nulidad; hubiera sido proba de sus estipulaciones, salvo que los alcances del
blemente más conveniente admitir la viabilidad pacto en cuestión hubiesen sido concluyentes,
de una determinada interpretación para superar necesarios, esenciales, para formar la voluntad
las inconsistencias del texto del Código Civil, común de contratar, caso en el cual ya no sería
conforme lo planteó en su momento De La posible referirnos a una nulidad parcial sino total.
Puente. No obstante, el mensaje jurisdiccional
es claro: la violación de una norma imperativa Sin embargo, más allá de dicho tema, lo im
genera ineficacia, pero una ineficacia estructu portante es que la redacción de la norma bajo
ral, derivada de la nulidad del acto celebrado. comentario no significa que en materia de
compraventa sólo se esté ante dos pactos nulos,
De otro lado, es conveniente tener presente que dado que el concepto de pactos contrarios al or
en el proceso de reforma del Código Civil se ha denamiento se extiende a otros escenarios como
propuesto la inclusión de una nueva causal de ocurre tratándose del acuerdo de "no enajena
nulidad: la infracción a las normas imperativas, ción", cuya prohibición consta del artículo 882 del
de manera que se reconoce implícitamente Código Civil de 1984, aunque no figure la sanción
que las causales de nulidad sustentadas en la expresa de nulidad por infracción a dicha norma.
imposibilidad jurídica o en el fin ilícito serian
ajenas a la situación derivada de una infracción Aunque resulta ajeno a la materia del presente
a las normas imperativas. trabajo analizar los alcances de la prohibición
contenida en el artículo 882 del Código Civil,
El tema merece definitivamente un cuidadoso cabe cuestionarse si el supuesto de hecho de
estudio, dado que se pueden generar conse dicha norma se refiere únicamente a los pactos
cuencias particularmente significativas, como perpetuos o de larga duración, o si incluye a
ocurriría, por ejemplo, en el caso de inobservan cualquier pacto, más allá de su duración tem
cia del artículo 315 del Código Civil. poral. No debemos olvidar que el origen de la
norma se explica en un determinado contexto
Pero, retomando lo nuestro, en el caso del artícu y momento histórico: el fin del anden régimey
lo bajo comentario, sobre pactos prohibidos en su sustitución por una sociedad estructurada al
materia de compraventa, lo cierto es que el legis menos sobre la base de la libertad e igualdad (ya
lador de 1984 ha sido, al menos en cierto aspecto, que la fraternidad resultaba y resulta, muchas
muy cuidadoso, porque sanciona expresamente veces, algo utópico, más lejano). Conforme
con nulidad la contravención al artículo 1582 del a ello, podríamos postular que el origen de
Código Civil. De no haber sido así, estimamos que la norma se sustenta en el rechazo legal a las
hubiese correspondido interpretarlo atendiendo vinculaciones10, de manera que la titularidad
10. ROMERO ROMAÑA, Eleodoro. Derecho Civil - Los derechos reales. Segunda Edición Aumentada. Tomo I. Lima, s/
fecha, pp. 107-110.
A propósito del pacto de mejor comprador como acuerdo prohibido en materia de compraventa