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sobre ios bienes, y de manera especial sobre (dado que ello determina finalmente la posi
las cosas inmuebles, no debe ser extraída del bilidad jurídica del compromiso obligacional
comercio, retirada del tráfico, de la posibilidad de transferir, que no es otra cosa que el bien
de intercambio. En tal virtud, cabe cuestionarse pase del patrimonio del vendedor al patrimo
seriamente, atendiendo a ese presupuesto, si nio del comprador)?, ¿o es que el vendedor
el objeto del artículo 882 del Código Civil son debe presentar la apariencia de propietario
sólo los pactos no enajenativos perpetuos, o si aunque ya no lo sea?, ¿o es que la mención
incluye también a los temporales. a un mejor com prador debe entenderse a
un tercero que tendría interés en adquirir y,
La respuesta dependerá, como en tantos otros por consiguiente, formula una oferta, o debe
casos, de nuestras convicciones y cuidadosa ob entenderse a un tercero con quien aquel que
servación de la realidad y sentir de los agentes fue vendedor se compromete a que adquiera
del comercio, así como de aquello que se habría el bien, bajo el marco del contrato de promesa
representado el legislador11 (que no puede ser del hecho ajeno?, ¿cómo se define la condición
obviado, por más que nuestro juicio sea diferen de mejor comprador?, ¿se define únicamente
por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
te), no debiéndose incurrir en el facilismo de "no por el mayor importe que estaría dispuesto a
distinguir donde la ley no distingue". pagar?, ¿o puede considerarse las condiciones
de pago, por ejemplo, pago al contado frente
Resulta nuevamente significativo que en el a un pago fraccionado?, ¿pago con intereses
proceso de reforma del actual Código Civil se frente a la sola obligación de pagar diferida-
haya propuesto que los pactos de "no enaje- mente, de manera total o parcial, el precio?,
nación"puedan tener una duración máxima de ¿ofrecimiento de garantías adicionales, de
diez años, siendo nulo todo exceso temporal; ser el caso, colocando en una mejor situación
ello implica reconocer implícitamente que lo crediticia al vendedor? En todo caso, el tercero
que se reprueba jurídicamente es la extracción interesado en adquirir el bien a título de com
patrimonial del comercio con carácter definitivo, praventa, ¿debe expresar una mera declaración
y no por cierto plazo. de interés o debe formular más bien una oferta
como declaración formativa autosuficiente del
III. SOBRE EL PACTO DE MEJOR contrato a celebrarse?
COMPRADOR
Es más, ¿la compraventa con pacto de mejor
La denominación misma de este acuerdo ya comprador queda sin efecto por el solo hecho
es sintomática porque supone comparación que un tercero ofrece más por el bien al vende
de una persona respecto de otra. Se tiene, lite dor, a pesar que el respectivo bien ya no sea de
ralmente, a un comprador en el marco de una su propiedad?, ¿qué ocurre con las prestaciones
compraventa ya celebrada (y, de manera proba ya ejecutadas en el marco de la compraventa,
ble, ya ejecutada o en proceso de ejecución) y de manera específica con el precio que ya se
Revista editada comprador. No pretendemos responder todas las preguntas
hubiese pagado?, ¿lo pierde el comprador?
luego surge un segundo comprador, un mejor
¿Puede haber un segundo comprador?, ¿un
precedentes, menos las tantas otras inquietudes
comprador no tiene como correlato subjetivo a
ta pertinente traer a colación que, entre otros,
un vendedor, quien además debe ser propieta que puedan generarse, pero en el intento resul
rio del bien sobre el cual recae la compraventa existen los lenguajes de alcances comunes,
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ADVOCATUS 11. Exposición de Motivos Oficial del Código Civil -Pactos que pueden integrar la compraventa (artículos 1582 a
1585), elaborada por la Comisión Revisora del Código Civil de acuerdo a las Leyes 24039 y 24136, publicada en
separata especial del Diario Oficial El Peruano, 24 de marzo de 1990, pp. 4-5.
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