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Siendo una situación sobreviniente, generada el cual cabe una acción rescisoria, cuando la <
luego de la válida celebración contractual, el correspondiente es la resolutoria, al tratarse de Z
supuesto de hecho de la norma bajo estudio una causal sobreviniente y no coetánea, (...). pe
correspondería (así, en condicional) más bien
a una causal de resolución, si nos atenemos a (....)
la definición contenida en el artículo 1371 del Como sabemos, es un viejo principio de Dere
Código Civil. Adviértase que sostenemos que cho, el mismo que se encuentra recogido en
"correspondería", sin ser concluyentes, porque nuestra legislación en el artículo IV del Título
la calificación de su naturaleza dependerá final Preliminar del Código Civil aquel que reza que
mente de cuál sea nuestro entendimiento sobre la "ley que establece excepciones o restringe
lo que es la resolución contractual en sí, dado derechos no se aplica por analogía".
que el efecto resolutorio o de deshacer el vínculo
contractual no se identifica necesariamente con Y es evidente que el inciso 1 del artículo 1582
la resolución misma, como remedio específico. del Código Civil (pacto de mejor comprador)
es una norma prohibitiva, vale decir, que
Este tema sobre el efecto resolutorio lo desarro restringe derechos.
llaremos más adelante.
En tal sentido, estimamos lógico preguntar
Atendiendo a la regla en materia de aplicación nos si las partes podrían pactar una cláusula
e interpretación normativa, en el sentido que a través de la cual pueda resolverse el contra
las prohibiciones y restricciones legales a la to de compraventa, por haberse convenido
autonomía privada son excepcionales y, por que, si hubiera quien dé más por el bien, lo
consiguiente, se rigen por el principio de lite devolverá al comprador.
ralidad, debiéndose aplicar restrictivamente,
estando vedada la analogía, y considerando Pensamos que se podría argumentar una
además el régimen de nulidades expresas, respuesta negativa, por comprenderse que
podría sostenerse que si bien es nulo pactar la este pacto será casi idéntico al de mejor
rescindibilidad de una compraventa debido a comprador. Pero esta interpretación -bien
un "mejor comprador", nada impediría pactar intencionada, por cierto- se enfrenta con el
dicha ineficacia a título de resolución, pacto rigor del principio interpretativo universal,
que sería válido, posible legalmente, al no estar contenido en el artículo IV del Título Prelimi
expresamente prohibido. nar. norma que -nos guste no- es aquella que
rige la materia.
"(...) este hecho de la mejor oferta por parte
de tercero, es, sin lugar a dudas, uno sobrevi Dentro de tal orden de ideas, pensamos que sí
niente o posterior al momento de celebración cabría celebrar un pacto de esta naturaleza,
del contrato, e incluso podría ser posterior el mismo que sería jurídicamente válido"19 (lo
a la culminación de la vida de la relación subrayado es nuestro).
contractual. AUTOR NACIONAL
El tema es controvertido* 19 20 y para postular una
Por ello, es que no hace bien el Código en señalar respuesta positiva o negativa sobre la validez
que el pacto de mejor comprador es aquel por del pacto resolutorio por "mejor comprador"
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mismo que corresponderá a un "mutuo disenso" (artículo 1313 del Código Civil), dado que la rescisión sólo opera
por causal legal y por fuente jurisdiccional constitutiva.
19. CASTILLO, Mario. Comentarios al contrato de com praventa -Análisis detallado de los artículos 1529a11601 delCódigo ADVOCATUS
Civil. Lima: Gaceta Jurídica, 2002, pp. 251 -252.
20. Así, por ejemplo, en la obra colectiva, Código Civil comentado, la autora de los comentarios al artículo 1582 del
A propósito del pacto de mejor comprador como acuerdo prohibido en materia de compraventa 351