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4.3.  Procedim iento para la aplicación de la   buyente quien tiene derecho a  hacer valer las
                Cláusula G eneral Antielusiva.           razones ajenas a la fiscal como "causa concreta"
                                                         de la operación que "convalide el resultado al­
            A fin  de  calificar  un  acto  como  elusivo,  debe   canzado bajo la forma sospechada de elusiva"58.
            aplicarse  el  siguiente  procedim iento54  que
            consiste en:                                 5.   La causa del contrato como función
                                                             económico social.
            Primero,  la  autoridad  adm inistrativa  debe
            identificar una figura apropiada que produzca   A través del contrato, se formaliza un acuerdo de
            los mismos efectos civiles y comerciales que la   voluntades de dos o mas personas, producién­
            forma jurídica elegida excepto la ventaja fiscal   dose una confluencia de intereses que se con­
            prevista por la ley;                         solida en  la causa, entendida como la función
                                                         práctica que el contrato tiende hacer efectiva59.
            Segundo, comprobar si la forma jurídica elegida
            es adecuada a la finalidad, y operación económi­  En el tema de los contratos se nos ha enseñado
            ca, que el contribuyente ha llevado a cabo55, se   que lo que se califica es si la actividad económi­
            establece así una suerte de análisis del propósito   ca realizada por las partes se adecúa a la causa
            negocial con la forma elegida, puesto que dicha   del tipo contractual; es decir, si el resultado eco­
            "forma inadecuada"debe darse conjuntamente   nómico obtendido por las partes corresponde a
            con la ausencia de dicho fin negocial56; y,  la causa del negocio jurídico elegido, toda vez
                                                         que el análisis del negocio que harán las auto­
            Finalmente,  el  contribuyente tiene  la  oportu­  ridades administrativas será si corresponde a la
            nidad  de  demostrar  la  existencia  de  razones   causa del tipo contractual de sus ordenamientos
            extrafiscales que convaliden  el  acto calificado   civiles como la función económico-social  abs­
            como "inadecuado" para que no opere las con­  tracta de cada tipo contractual, independiente
            secuencias jurídicas previstas al acto eludido57   de las motivaciones individuales de los sujetos,
            ya que no todas las formas jurídicas por el solo   invariable para cada tipo contractual.
            hecho de ser"inadecuadas"se tiene que asumir
            que están motivadas exclusivamente por razo­  Asi,  la causa abstracta -o  función  económico-
            nes fiscales.                                social  "es aquella funcionalidad constante e in­
                                                         variable del reglamento contractual que no toma
            Por ello, las razones extrafiscales deben ser re­  en cuenta el contexto concreto ni las finalidades
            levantes, importantes, no aparentes ni subordi­  prácticas específicas perseguidas aun cuando ha­
            nadas a la ventaja fiscal, de tal manera que per­  yan sido asumidas por ambas partes, por ejemplo,
            mitan su comparación con el factor tributario.  la causa de todas las compraventas del mercado
                                                         vendría a estar constituida por el intercambio
            En la práctica, si la autoridad fiscal califica como   entre el bien y el precio sin que revistan relevancia
            "inadecuada" la  forma  elegida,  será  el  contri­  circunstancias como de qué bien o de qué precio




            54.  CRAZZOLARA,  Arnao. Abuso del Diritto ed elusione fiscale: La Clausola  Generóle Antiabuso nel Diritto  Tributario
                Tedesco. En: Diritto E Practica Tributaria Internazionale. Vol. Vil, N° 1. Milán: Editorial CEDAM, 2010, p. 49.
            55.  Loe. Cit.
            56.  RUIZ ALMENDRAL, Violeta. Op. Cit., p. 81.
            57.  CRAZZOLARA, Arnao. Op. Cit., p. 43.
            58.  TARSITANO, Alberto. La cláusula antiabuso en el derecho tributario argentino. ¿El fin de la elusión?. Op.. Cit., p. 34.
            59.  GARCÍA NOVOA, César. La elusión fiscal y los medios para evitarla. En: XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho
                Tributario. Isla Margarita, Venezuela: Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario (ILADT) 2007, p. 29.




              Las Cláusulas Generales Antielusivas en América  Latina y los intereses de los contratantes en la causa del contrato
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