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■ i ■ 11
                  tividades y servicios en beneficio de la     pronunciamiento  que  compete  a  la
                                                                                                            ■nrv
                  Nación."                                     Contraloría General."                        «
                                                                                                            caz
                                                                                                            H -
              Sobre los presupuestos adicionales de obra   Se observa que la normativa concerniente         mro
              pública, esta Ley establece lo siguiente:    a las obras públicas, dada  la  necesidad de     c a z
                                                                                                            «
                                                           supervisión y control de los fondos públicos
                                                                                                     AUTOR
                  "Artículo 22.- Atribuciones.             y de su  destino, es consistente en  cuanto   NACIONAL
                                                           a  excluir  lo  relativo  a  los  presupuestos
                  Son atribuciones de la Contraloría Ge­   adicionales  de obra  pública  que  superen
                  neral, las siguientes:                   el porcentaje de ley del ámbito de compe­
                  (...)                                    tencia de todo aquel (jurisdicción pública o
                  k) Otorgar autorización previa a la eje­  privada) que no sea la Contraloría General
                  cución y al  pago de  los presupuestos   de la República.
                  adicionales de  obra  pública,  y  de  las
                  mayores  prestaciones  de supervisión    Específicamente, se señala que no es arbi­   ro
                                                                                                        E
                  en los casos distintos a los adicionales   trable  la  controversia  que verse  sobre tal
                  de obras, cuyos montos excedan a los     materia  (arriba  del  porcentaje  estableci­  cu
                                                                                                       ~o
                  previstos en  la  Ley de Contrataciones   do), y esa especificación se debe a que las   ~o
                                                                                                        ro
                  y Adquisiciones del Estado, y su Regla­  normas  sobre  contrataciones  del  Estado   ■O
                  mento respectivamente, cualquiera sea    establecen el arbitraje como vía de solución   OI
                                                                                                        >
                  la fuente de financiamiento.             de controversias. Asimismo, es pertinente    c
                                                                                                       3
                                                           precisar que tampoco cabe considerar que    _ro
                                                           podría evadirse el control de la Contraloría   0)
                                                                                                       "O
                  "Artículo 23.-  Inaplicabilidad  del arbi­  acudiendo  a  otra  jurisdicción,  como  la   0
                                                                                                       -C
                  traje                                    estatal  (Poder Judicial),  por  cuanto,  con   u
                                                                                                        01
                  Las  decisiones  que  emita  la  Contra­  toda claridad, el artículo 23 de la Ley 27785   CU
                                                                                                       Q
                  loría  General,  en  el  ejercicio  de  las   prescribe que dichas materias "no pueden   cu
                                                                                                       "O
                  atribuciones  de autorización  previa  a   ser sustraídas al pronunciamiento que com­  -a
                                                                                                        ro
                  la  ejecución  y pago  de  presupuestos   pete a la Contraloría General".             +-*
                                                                                                       "5
                  adicionales de obra y a  la aprobación                                                u
                                                                                                        ro
                                                                                                       u_
                  de mayores gastos de supervisión, no   2.6  En la Directiva 002-2010-CG-OEA (aprobada   —
                                                                                                        cu
                  podrá ser objeto de arbitraje, en con­   por Resolución de Contraloría  196-2010-CG   "O
                  cordancia con lo dispuesto en el nume­   de fecha 20 de julio de 2010)24, se señala que   o
                                                                                                        c
                  ral 4 del artículo 1  de la Ley 26572, Ley   para los fines del control gubernamental, la   £
                  General de Arbitraje.                    prestación adicional de obra es una "presta­  ro
                                                           ción no considerada en el expediente técnico,   O
                                                                                                        O.
                  Asimismo, tampoco se podrá someter       ni  en  el  contrato,  cuya  realización  resulta   ro
                                                                                                       ~o
                  a arbitraje, las controversias que versan   indispensable y/o necesaria para dar cumpli­  ro
                  sobre  materias  comprendidas  en  los   miento a la meta prevista de la obra principal.   TJ
                                                                                                        CU
                  alcances de las atribuciones previstas   Entiéndase que dicha prestación corresponde   ro
                  en el literal k) del Artículo 22 de la Ley,   a obras complementarias y/o  mayores me-   >
                                                                                                        CU
                  las  que  no  pueden  ser  sustraídas  al  trados, necesarios para alcanzar la finalidad  cc
                                                                                                       oo
          24.  Cuyo objetivo es "Normar  la  potestad  de  control  previo externo que  corresponde a  la  Contraloría  General  de   “
              la  República  (en  adelante  CGR),  contemplada  en  la  Ley  Orgánica  del  Sistema  Nacional  de  Control  y  de  la   ^
              Contraloría General de la República, la Ley de Contrataciones del  Estado y la  Ley General del Sistema  Nacional
              de Presupuesto, sobre autorización  previa de las prestaciones adicionales de obra  previsto en  la  normativa de   q
              la  materia,  estableciendo  las actuaciones, criterios de evaluación,  información  básica,  recurso administrativo y   g
              demás aspectos de procedimiento que corresponden."




            L a    a  r b  i t r a  b  i l i d  a  d     d e    l a s    o  b  r a  s     a  d  i c  i o  n  a  l e  s     e n    l a    c  o  n  t r a  t a  c  i ó  n     p  ú  b  l i c  a     1 3 3
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