Page 502 - Edición N° 30
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           c)  Doce años después, el Tribunal Constitu­  En  la  parte  Resolutiva,  indica  que el  procedi­
                                                                                                             OO
               cional  emite tres Autos en  Ejecución  de   miento establecido en el Auto del  16 de julio   OO
               Sentencia, en el Expediente 022-96-l/TC   de 2013, es uno de tipo obligatorio. Es decir,      car
                                                         en  adelante  la  pretensión  de  cobro  de  dicha
           ¿ D ó n d e  q u e d a  la  s e g u rid a d  ju ríd ic a ?  deuda solo puede efectuarse ante el referido
                                                         procedimiento y no ante uno judicial.
           El 16 de julio, 8 de agosto y 4 de noviembre de
           2013, el Tribunal Constitucional emitió tres (3)   iii)A u to  en Ejecución d e  S en ten cia d e l 4  d e
           Autos en  Ejecución de Sentencia, en  el  Expe­  n o v ie m b re  d e  2 0 1 3 :
           diente 022-96-l/TC. Es decir, doce (12) y nueve
           (9) años después,"modificó"el Sentido de Sen­  En  la  parte  Resolutiva,  se  establece  que este
           tencias con calidad de cosa juzgada, recaídas   Tribunal debe reiterar que en ningún caso, la
           en los dos (2) expedientes citados líneas arriba.  operación de actualización de la deuda puede
                                                         conllevar a un resultado que suponga la apli­
           Estas resoluciones indican:                   cación práctica de un criterio nominalista. Este   ro
                                                        Tribunal se reserva, en todo caso, la competen­  E
                                                                                                         _i
           i)   A u to  en Ejecución de S e n te n c ia  d e l  16 de   cia para controlar operaciones de determina­  ai
                                                                                                         XJ
               ju lio  d e  2 0 1 3 :                   ción que produzcan un resultado nominalista.     -o
                                                                                                         ro
                                                                                                         "O
                                                                                                         OI
           El pronunciamiento del 16 de julio de 2013, en   d)  Cuadro Resumen de los tres Autos ilega­  OJ
                                                                                                         >
           un Auto en Ejecución de Sentencia que impone     les expedidos en ejecución de sentencia,     c
                                                                                                         3
           una  fórmula  de  pago  ("dolarización"),  la  cual   doce años después de la sentencia que los   to
           se encuentra contenida en el numeral 25 de la    originó. ¿Y la cosa juzgada, la seguridad    ai
                                                                                                         XJ
           mencionada  Resolución: convertir el  principal   jurídica y el debido proceso? (ver página   0
                                                                                                         -C
           impago a  Dólares Americanos,  desde  la fecha   siguiente)                                   u
                                                                                                         a;
           de la primera vez en que se dejó de atender el                                                a;
                                                                                                         a
           pago de los cupones de dicho bono, más la tasa   e)  ¿Dónde queda la Seguridad Jurídica?      ai
                                                                                                         ~o
           del interés de los bonos del tesoro americano.                                                -o
                                                                                                         ra
                                                                                                         *-■
                                                            "La situación de hecho es jurídica cuando
                                                                                                         =3
           Este Auto en Ejecución de Sentencia no tiene la   está regida por el Derecho, como disciplina   u
                                                                                                         ro
                                                                                                         Lo­
           menor razón de ser, en virtud a la naturaleza del   regulatoria de la convivencia humana. Por   ro
           Proceso de Inconstitucionalidad.                 lo tanto,  cuando  la  seguridad  resulta  del   01
                                                                                                         XJ
                                                            Derecho, hay seguridad jurídica (...)        </i
                                                                                                         O
                                                                                                         c
           Efectivamente, "si  una  norma  es declarada  in­                                             E
           compatible con la Constitución, se produce su    La seguridad jurídica afirma la certeza y    3
                                                                                                         ro
           expulsión del ordenamiento jurídico"1, situación   la permanencia de las situaciones jurídi­  O
           por la cual,  habiendo alcanzado el  Proceso de   cas, vale decir de las que están regladas   o.
                                                                                                         to
           Inconstitucionalidad  su  finalidad,  no  existe   por el sistema del Derecho.                XJ ro
           la  necesidad  de  emitir,  luego  de  la  Sentencia,                                         XJ
                                                                                                         ai
           nuevas resoluciones (salvo, obviamente, las que   En términos generales, hay seguridad jurídi­  ro
                                                                                                         4-,
                                                                                                         1/1
           flanquea la ley, como la Aclaración2).           ca cuando el sistema ha sido regularmente    >
                                                                                                         ai
                                                            establecido, mediante leyes susceptibles de   cc
           ii)   A u to  en Ejecución de S entencia, d e l 8  de   ser conocidas, que solo se aplican a conduc­
               a g o s to  de 2 0 1 3 :                     tas posteriores -y  no previas- a su vigencia,
                                                                                                         co
                                                                                                         i
           1.   Asilo señala Luis Alberto Huerta Guerrero. Ver: La Constitución comentada. Primera Edición. Lima: Gaceta Jurídica,   S
               diciembre de 2005, tomo II, p.1094.                                                       §
                                                                                                         Q
           2.   Según señala el artículo 121  del Código Procesal Constitucional.

                                L  o  s     B  o  n  o  s     d  e     l a    D  e  u  d  a     A  g  r a  r i a  :    ¿  C  u  l t u  r a     d  e  l    n o    p  a  g  o  ?  499
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