Page 82 - Edición N° 30
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"DIME  DÓNDE TE EJECUTAN YTE  DIRÉ SI VIVES".
                                                                                                             «
                                    Breves apuntes sobre la ejecución de laudos                              c a r
                                                                                                             1-4-
                                  extranjeros anulados en la sede del arbitraje                              rrrrt
                                                                                                             c a r
                                                                                                             «
                                                                                                      AUTOR
                                                                                                     NACIONAL



                                                                               Pablo M orí Bregante
                                                     Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú.
                               Profesor del Curso Arbitraje Comercial Internacional en el Diplomado de Arbitraje
                                                      del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la
                                                                  Pontificia Universidad Católica del Perú.

                                                                                                         03
                                                                            J ulio O lórtegui Huamán     £
                              Estudiante de la Facultad de Derecho la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.  a>
                                                                                                        •o
                                                                                                        T3 «3
                                                                                                        jO
                                                                                                         i/i
                                       SUMARIO:                                                          OI
                                                                                                         >
                                       I.  Introducción.                                                 c
                                                                                                        3
                                       II.  ¿Cuál es la situación actual?
                                          1.  El caso de Francia:                                       x>
                                                                                                         o
                                            1.1. Société Berardi vs. Société Clair (Caso 11542 de 1980 -  No publicado);
                                            1.2. Société Pabalk Ticaret Sirketi vs. Société Norsolor (1984);
                                                                                                         ai
                                            1.3. Société Polish Ocean Line vs. Société Jolasry (1993);  Q
                                                                                                         cu
                                            1.4. Sodeté Hilmarton vs. Sodeté Omniun de Traitement et de Valorisation (OTV) (1994);  "O
                                            1.5. S.A. Lesbats et Fils vs. Esterer WD GmbH (Dr. Volker Grub) (2007);
                                            1.6. Société PT Putrabali Adyamulia vs. Société Rena Holding et Société Moguntia
                                            Est Epices (2007).                                          _ro
                                         2.  El caso de Estados Unidos:                                  Q)
                                                                                                        "O
                                            2.1. Chromalloy Aeroservices Inc. vs. Arab Republic of Egypt (1996);  i/i
                                                                                                         O
                                            2.2. Baker Marine (Nig.) Ltd. vs. Chevron (Nig.) Ltd (1999);  c
                                                                                                         £
                                            2.3. TermoRio & LeasCo Group S.A. E.S.P vs. Electranta S.P., et al (2007).  3
                                                                                                         ro
                                         3.  El caso de Austria:                                         O
                                                                                                         a
                                            3.1 Corte Suprema de Austria (2005-No se menciona a las partes);  ro
                                                                                                        -O
                                       III.  Fundamentos legales para la ejecución de laudos extranjeros anulados en la sede   ro
                                                                                                         *-•
                                                                                                        "O
                                         del arbitraje:
                                                                                                         ai
                                                                                                         ro
                                         1.  Artículo V (1) de la Convención de Nueva York. ¿No se "puede" o no se
                                                                                                         i/i
                                            "debe" ejecutar un laudo que se adecúe a las causales de dicho artículo?;  >
                                                                                                         ai
                                                                                                        cc
                                         2.  Artículo Vil y el Principio de Máxima Eficacia o “Most favorable Right Provisión";
                                         3.  Artículo IX (1) de la Convención Europea de Arbitraje Comercial Internacional
                                            de 1961.                                                    co
                                                                                                        CN
                                       IV.  Fundamentos extra  legales para la ejecución de laudos extranjeros anulados en la
                                                                                                        C/)
                                         sede del arbitraje:                                            £
                                         1.  Incrementa la neutralidad del arbitraje comercial internacional;  2
                                         2.  Reduce el impacto de las leyes arcaicas.                   §
                                                                                                        Q
                                      V.  Conclusión.
               Dime  dónde  te  ejecutan  y  te  diré  si  vives”.Breves  apuntes  sobre  la  ejecución  de  laudos  extranjeros...
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