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sede del arbitraje porque el laudo se basó Por ello, si bien podrían existir algunos argumen
en un testimonio falso, esto no puede ser tos en contra de esta práctica, a continuación
una causal para denegar el reconocimiento desarrollaremos brevemente los principales fun
y ejecución del laudo en Austria, al amparo damentos legales por los que consideramos que
de lo establecido en el artículo IX de la Con la misma sí es correcta y por tanto es importante
vención Europea, junto con el artículo V(1 )(e) aceptar - al menos en determinadas circunstan
de la Convención de Nueva York."30 cias - la ejecución de laudos extranjeros anulados
en la sede donde fueron emitidos.
De esta forma, la Corte Suprema de Austria seña
ló que aún en el caso que dicho laudo hubiese 1. Artículo V (1) de la Convención de Nueva
sido anulado en la sede del arbitraje, siguiendo York. ¿No se "puede" o no se "debe"
lo establecido en el artículo IX de la Convención ejecutar un laudo que se adecúe a las
Europea de Arbitraje Comercial Internacional, causales de dicho artículo?
dicho laudo sí podía ser ejecutado.
Mucho se ha discutido sobre la obligatoriedad de
Universidad de Lima Como hemos visto en los 10 casos desarrollados el caso Berardi la Corte de Apelaciones de Francia
III. FUNDAMENTOS LEGALES PARA LA
este artículo. Como comentamos anteriormente, en
EJECUCIÓN DE LAUDOS EXTRANJEROS
denegó el reconocimiento de un laudo anulado en
ANULADOS EN LA SEDE DEL ARBITRAJE
Suiza debido a que consideró que, bajo la redacción
original en francés del artículo V (1) de la Conven
anteriormente, si bien algunas cortes deciden
no ejecutar laudos extranjeros anulados en la ción de Nueva York, dicho artículo era mandatorio.
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
sede del arbitraje ciñéndose a lo establecido en De esta forma, autores como Philippe Fouchard
el Artículo V(1)(e) de la Convención de Nueva consideran que la redacción en francés del
York (Francia en el caso Berardi y Estados Unidos Artículo V (1) de la Convención de Nueva York
en los casos Baker Marine y Termorio), existen no deja espacio para la discrecionalidad de los
una serie de casos en que las cortes nacionales jueces, estableciendo ésta, de manera obligato
sí han ejecutado laudos extranjeros anulados ria, los casos en que las cortes de ejecución no
en la sede del arbitraje, sin violar lo establecido deberán ejecutar un laudo arbitral3'.
en la Convención de Nueva York o aplicando
distintos convenios internacionales que abren Esta postura se ve reforzada si se tiene en cuen
tal posibilidad. ta la redacción de los artículos III32 y IV33 de la
30. Ibíd. Traducción libre del siguiente texto: "Pursuant to Art. IX(1) European Convention, even the annulment of
the award for violation of the public policy of the country of origin - which is not argued here - is not one of the
grounds for refusal exhaustively listed in the European Convention, and is therefore not a ground for refusing
enforcement in the enforcement State. [Henee], even if the buyer obtained the annulment of the arbitral award
in the State of the seat because the award was allegedly based on a false witness statement, this would not be
a ground for refusing recognition and enforcement in Austria pursuant to Art. IX European Convention together
with Art. V(1 )(E) New York Convention".
31. DARWAZEH, Nadia. Op. cit., p. 309.
32. Artículo III.
Cada uno de los Estados Contratantes reconocerá la autoridad de la sentencia arbitral y concederá su ejecución
ADVOCATUS 128 33. Artículo IV.
de conformidad con las normas de procedimiento vigentes en el territorio donde la sentencia sea invocada, con
arreglo a las condiciones que se establecen en los artículos siguientes. Para el reconocimiento o la ejecución de
las sentencias arbitrales a que se aplica la presente Convención, no se impondrán condiciones apreciablemente
más rigurosas, ni honorarios o costas más elevados, que los aplicables al reconocimiento o a la ejecución de las
sentencias arbitrales nacionales.
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