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2 .3.1. P rácticas a ser estab lecida s p o r las 2.3.3. R equisitos p a ra ejercer las funciones.
e n tid a d e s a u to riza d a s .
Indudablemente que el ejercicio de las funcio — i
El rol que les corresponde, a estas entidades au nes que tendrán a cargo las entidades autoriza Q- j
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torizadas, será el de establecer y aplicar procedi das deberá implicar: c c l
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mientos y medidas con el objeto de: determinar MARCAS
que las personas a las que sirven sean realmente e) Haber accedido a la obra o a la copia de la PATENTES
DERECHO
DE AUTOR
beneficiarios; limitar a los beneficiarios y/o a las misma de manera legal.
entidades autorizadas la distribución y puesta
a disposición de ejem plares* 53 autorizados; f) Que la conversión de la obra al formato
desincentivar la reproducción, distribución, accesible sea sin que realicen más cambios
puesta a disposición de copias (ejemplares) no que los necesarios para dicha labor.
autorizadas, y; ejercer la diligencia debida en el
uso de los ejemplares de las obras, y mantener g) Las copias en formato accesible -ejempla
registros de dicho uso, respetando la intimidad res- deben estar destinadas exclusivamen
de los beneficiarios, de conformidad con el ar te a las personas beneficiarías.
tículo 8 del Tratado54. o
h) No exista un fin lucrativo. ^
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2 .3.2 . Funciones de las e n tid a d e s a u to riza d a s .
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3. Otras Disposiciones del Tratado.
Dentro del conjunto de funciones locales que o
corresponderán a las entidades autorizadas se 3.1. B ene ficiarios d e l T ratado. 3
encuentran:
Según los términos del Tratado, son las per
a) Reproducir realizando una copia de una sonas que padecen distintas discapacidades
obra en formato accesible. que interfieren con la eficacia de la lectura de
material impreso.
b) Obtener de otra entidad autorizada una
copia de la obra en formato accesible. En ese sentido estarían com prendidas per
sonas ciegas; con discapacidad visual o con
c) Suministrar o distribuir dichas copias de la dificultad para percibir o leer55 que no pueda
obra, en formato accesible, a personas be corregirse56; o las personas con una discapa
neficiarías por cualquier medio, incluyendo cidad física que le impida sostener un libro,
el préstamo no comercial o la transmisión dar vuelta a las páginas o centrar la vista en
electrónica. la lectura.
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d) Realizar cualquier paso intermedio para 3.2 Excepciones y lim ita c io n e s sobre los £
lograr esos objetivos. e je m p lares en fo rm a to accesible.
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53. En formatos accesibles para las personas ciegas o con discapacidad visual u otras dificultades para acceder al
texto impreso.
54. Artículo 8 del Tratado señala: "En la puesta en práctica de las limitaciones y excepciones contempladas en el presente
Tratado, las Partes contratantes harán lo posible por proteger la intimidad de los beneficiarios en igualdad de ■ 'f
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condiciones con las demás personas".
55. Por ejemplo dislexia.
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56. La declaración concertada, relativa al artículo 3.b) del Tratado, en relación a la expresión "que no pueda corregirse"
aclara que no implica que se exija el sometimiento a todos los procedimientos de diagnóstico y tratamientos §
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médicos posibles.
D i s c a p a c i d a d v i s u a l y d e r e c h o d e a u t o r : A p r o p ó s i t o d e l T r a t a d o d e M a r r a k e c h j41