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Esta  es  una  parte  importante,  basta  recordar   exigencia  del  respeto a  los  derechos  patrimo­
                 que el Tratado busca aliviar la escasez de libros   niales  de autor que  resultan aplicables  a toda
                 que  dificulta  a  millones  de  personas  que  pa­  obra, y  en  el  caso  concreto  del Tratado,  a  las
                 decen  discapacidad visual  poder acceder a la   obras expresadas en forma de texto, notación o
                 mayor parte de obras publicadas en el  mundo.   ilustraciones relacionadas, cuando se pretenda
                 Esto  significa  que  se  busca  garantizar  que  las   producir ejemplares de las mismas en formatos
                 le g is la c io n e s   d e   lo s   p a ís e s   p e r m it a n ,  e n   fa v o r    a c c e s ib le s   p a r a   la s   p e r s o n a s   c o n   d is c a p a c id a d
                 de los beneficiarios del Tratado, la  producción   visual y dificultad para acceder al texto impreso.
                 de libros en formatos accesibles sin  necesidad
                 de solicitar antes  la autorización del titular de   No olvidemos que un  proceso como el de ob­
                 los derechos de autor.                       tención  o elaboración  de  ejemplares denomi­
                                                               nados "accesibles" -por cuanto buscan facilitar
                 De esta manera, el Tratado establece el alcance   el acceso de las personas con discapacidad visual
                 de las  excepciones a  los derechos de autor en   y  dificultad para acceder al texto impreso- impli­
                 favor de  los  beneficiarios  del Tratado.  Así,  las   ca  la  realización  del  acto de  reproducción  de
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                 excepciones que deberán establecer los países   la  obra  a  ser  convertida  a  dicho formato  que
                 en  sus  respectivas  legislaciones  nacionales   requerirá  de  la  autorización  previa  y  expresa
                 deberán  encontrarse  referidas  a  los  derechos   del  autor58.  Dicha autorización correspondería
                 de  reproducción,  distribución  y  puesta  a  dis­  recabarse  por  cada  autor,  esto  es  por  cada
                 posición del  público, con  lo cual se busca que   texto suyo que se pretenda  reproducir, lo cual
                 se puedan realizar los cambios necesarios para   en principio genera un alto costo en la produc­
                 hacer accesible la obra en el formato alternativo.  ción de cada ejemplar en formato accesible. No
                                                              cabe duda que este elevado costo impacta en
                 3.2.1.  Ju s tific a c ió n  p a ra  la  in tro d u c c ió n  de   la producción misma de dichos ejemplares, en
                     excepciones y  lim ita cio n e s.         las cantidades y la frecuencia que se requieren,
                                                               posponiendo así la necesidad de acceso que la
                 A través del Tratado se busca la introducción de   población benefkiaria tiene.
                 excepciones a determinados derechos patrimo­
                 niales57 con  el  propósito  de  facilitar el  acceso,   Resulta  im portante  señalar también,  que  es
                 a  las  obras  publicadas,  de  las  personas  con   factible que  el  acto de  reproducción  sea  rea­
                 discapacidad visual o dificultad para acceder al   lizado  no  necesariamente  por  la  persona  con
                 texto impreso.                               discapacidad  visual  o  dificultad  para  acceder
                                                              al texto impreso, sino mayoritariamente por un
                 La  razonabilidad  para  estas  excepciones  y   intermediario  como  una  biblioteca,  un  centro
                 limitaciones  se  encuentra  relacionada  con  la  de ayuda  a  las  personas  con  discapacidad  v¡-






                 57.  Los derechos patrimoniales son  los derechos de orden económico de los que goza el autor respecto de su obra
                     y que le permite la posibilidad de explotar económicamente la misma, de manera directa o a través de terceros
                     a  quienes  ha autorizado.  En  los términos del artículo 31  del  Decreto  Legislativo 822, estos  son: el  derecho de
                     reproducción; el derecho de comunicación pública; el derecho de distribución; la traducción, adaptación, arreglo
                     u otra transformación de la obra; cualquier otra forma de utilización de la obra no contemplada en la  ley como
                     excepción.
           134       que las autorizaciones para una  modalidad no implica el consentimiento del autor para ninguna otra forma de
                     Estas modalidades de explotación que conforman los derechos patrimoniales son independientes entre sí, por lo
           A D VO C A TU S   58.  Así, por ejemplo en el caso del Decreto Legislativo 822 -Ley sobre el derecho de autor- se establece en su artículo
                     utilización.


                     37  que: “Siempre que la  Ley no  dispusiere expresamente lo contrario,  es ilícita  toda reproducción,  comunicación,
                     distribución,  o cualquier otra modalidad de explotación de la obra,  en  forma  total o parcial,  que se realice sin  el
                     consentimiento previo y escrito del titular del derecho de autor".




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